La odontología, como rama esencial de la medicina, exige altos estándares de calidad y responsabilidad para garantizar la salud bucodental de los pacientes. Sin embargo, en ocasiones pueden presentarse situaciones de negligencia médica dentro del ámbito odontológico. La negligencia médica en odontología ocurre cuando el profesional dental se aparta de los estándares aceptados de actuación profesional, según la lex artis ad hoc, provocando daños al paciente.

¿Qué es la Negligencia Odontológica?
Entendemos por negligencia dental aquella que se produce cuando un odontólogo causa un perjuicio al paciente como consecuencia de incumplir la lex artis. La negligencia médica en el ámbito de la odontología cubre cualquier tipo de lesión que haya sido causada directamente, empeorada o inadvertida por su profesional de la salud dental, siempre que pueda acreditarse que dicha lesión ha sido consecuencia de una actuación contraria a la lex artis. Las reclamaciones por mala praxis médica odontológica se pueden hacer por cualquier accidente o supervisión que haya causado que usted sufra lesiones físicas que perjudiquen su bienestar.
El Rol del Odontólogo
El profesional dedicado a la Odontología se le denomina Odontólogo, Estomatólogo o Dentista. La odontología es la rama de la medicina que se dedica al estudio, diagnóstico, prevención y tratamiento de las enfermedades de los dientes y de aquellas que afectan al aparato estomatognático, formado por dientes, cavidad bucal, maxilares, músculos, la piel, los vasos y nervios ubicados en esa zona del cuerpo.
Causas Comunes de Negligencia Dental
Las clínicas dentales tienen un gran número de reclamaciones por negligencia dental en los tratamientos odontológicos. La inmensa mayoría de estas denuncias por negligencias dentales derivan de tratamiento de ortodoncia, de intervenciones quirúrgicas de implantes y de cirugías maxilofaciales. En base a la experiencia de los casos en los que han trabajado nuestros abogados cuando se produce una negligencia en tratamientos dentales suele ser por cinco motivos:
- Error en la indicación del tratamiento: En cuanto a la indicación del tratamiento los dentistas, estomatólogos o maxilofaciales, tendrán que valorar qué tratamiento es el correctamente indicado para el paciente, teniendo en cuenta una serie de factores cómo la edad, situación buco-dental, antecedentes, patologías y dentro de las distintas líneas de tratamiento cual supone al paciente un mayor riesgo beneficio. Es posible que el tratamiento indicado esté abocado al fracaso desde su elección debido a que no todo tratamiento es aplicable a cualquier paciente, por ello los profesionales deben hacer un estudio minucioso para determinar que tratamiento se ajusta mejor al paciente porque en caso contrario se produce una infracción de la “Lex Artis Ad Hoc”.
- Deficiente información: La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, exige en su artículo 8 el consentimiento libre y voluntario del paciente en cualquier actuación del ámbito de su salud, siendo obligatorio que se firme un consentimiento informado por escrito en las intervenciones quirúrgicas. Sorprendentemente, aunque hayan pasado dos décadas de la promulgación de la ley, en muchas ocasiones, estos consentimientos no se entregan a los pacientes o se entregan con una información incompleta, sin informar a los pacientes de los riesgos típicos, átipicos de la intervención, de las posibles complicaciones del tratamiento y de las alternativas posibles. En los tratamiento dentales, al encontrarse dentro de la medicina voluntaria o satisfactiva, se intensifica la obligación de informar al paciente para que pueda valorar con libertad si quiere someterse a un tratamiento o intervencion o por el contrario rechazarlo.
En este criterio jurisprudencial ha sido seguido por el Tribunal Supremo, en otras resoluciones, por la Sentencia de 25 de abril de 1994 “ una intensificación de la obligación de informar al paciente tanto del riesgo inherente a la intervención, como de las posibilidades de que la misma no comporte la obtención del resultado que se busca, y de los cuidados, actividades y análisis que resulten precisos para el mayor aseguramiento del éxito de la intervención”. Por lo anterior, se debe informar a los pacientes con consentimiento informados específicos de la intervención quirúrgica a la que se someta al paciente. Nos son válidos los consentimientos informados genéricos sino aquellos que incluyan los riesgos inherentes a la intervención, entre otras exigencias. Si se genera un daño a un paciente, la falta de información es una infracción de “Lex Artis Ad Hoc” y es indemnizable.
- Deficiente planificación: Una correcta planificación de un tratamiento o intervención quirúrgica dental es necesario para el éxito del tratamiento. Los tratamientos odontológicos se suelen planificar con radiografias 2D, como las periapicales, ortopantomografía, la nasomentoplaca o las radiografías anteroposteriores, dichas pruebas de imagen permiten ver estructuras dentarias, oseas y anexas en dos dimensiones, como mayor precisión se realizan TAC al paciente permitiendo ver zonas más concretas en tres dimensiones y que son fundamentales en las cirugías implantológicas. También en la actualidad se están utilizando técnicas cómo la guía quirúrgica o cirugía guiada. La omisión de una correcta planificación con la realización de pruebas de imagen es una actuación negligente si se provocan daños al paciente.
- Deficiente ejecución: La ejecución del tratamiento debe hacerse de acuerdo con la planificación y con una técnica y manejo adecuado, en caso contrario nos encontramos ante una situación negligente.
- Deficiente seguimiento postoperatorio: En ocasiones se generan daños a los pacientes sin que existan actuaciones negligentes, pero no actuar a tiempo frente a los daños generados a un paciente prescribiendo un tratamiento o derivando le a un especialista puede suponer que un daño se cronifique (secuela) o se agrave y en ese caso si sería una negligencia dental.
- Estudio previo incompleto: Es la causa de fracaso de muchos tratamientos. Es fundamental un estudio previo completo del paciente antes de realizar el tratamiento, que será distinto si es un tratamiento de implantes, ortodoncia, etc.
Otros ejemplos comunes de negligencias médicas en el ámbito de la odontología incluyen:
- Diagnóstico diferido o incorrecto, incluido el diagnóstico erróneo de cáncer oral.
- Lesión nerviosa.
- Problemas de odontología cosmética.
- Errores de odontología restaurativa.
- Diagnóstico erróneo de enfermedad periodontal.
- Errores en el tratamiento que conducen a la pérdida o daño de múltiples dientes.
- Errores diagnósticos que comprometen la viabilidad de los tratamientos.
- Realizar tratamientos contraindicados al paciente, normalmente por defectos en el estudio y diagnóstico.
- Falta de seguimiento del tratamiento y del paciente, lo que puede conllevar al fracaso del tratamiento o aparición de complicaciones.
¿Cómo actuar ante una negligencia médica?
Secuelas Comunes de Negligencias Dentales
Las secuelas más comunes provocadas en los tratamientos ontológicos y maxilofaciales son las lesiones nerviosas (nervio trigémino, nervio facial) fractura de mandíbula, daños en elevación de seno, comunicación orosinusal, comonucación oronasal, fractura del paladar, hemorragias.
¿Cómo Actuar Ante una Negligencia Odontológica?
Si ha sufrido una negligencia en el ámbito de tratamientos odontológicos, entonces podrá tener derecho a presentar una demanda de indemnización por los daños causados. Aquí te damos algunos pasos a seguir:
- Solicitar el historial clínico: Si considera que ha sufrido una negligencia odontológica/dental o maxilofacial lo primero que tiene que hacer es solicitar su historia clínica en el centro donde realiza su tratamiento para que podamos hacer una valoración del caso. «Es recomendable seguir un determinado protocolo para pedir el historial médico»En nuestros años de experiencia llevando casos de negligencias médicas hemos podido comprobar la importancia de seguir un determinado protocolo para solicitar el historial médico para una buena resolución del caso. Por ello, estudiamos cada caso previamente y adaptamos el protocolo a seguir según las necesidades específicas. Cada caso es distinto y puede requerir de distintas maneras de proceder. Por eso, le recomendamos que antes de hacer algún movimiento, contacte con nosotros.
- Buscar asesoramiento legal: El primer paso es concertar una consulta inicial gratuita con un abogado especialista, para valorar presentar una reclamación judicial por negligencia dental.
- Recopilar documentación: Nuestro equipo de abogados especialistas en negligencias médicas en clínicas dentales privadas y sanidad pública, recopilará los informes y demás documentación médica, incluido el acceso a su historia clínica si fuese preciso. Es importante conservar todas las facturas y contratos relacionados con el tratamiento dental. Tanto los informes médicos previos como los posteriores al tratamiento, permiten evidenciar el estado de salud del paciente y las posibles alteraciones o secuelas derivadas de la negligencia. Las imágenes, ya sean radiografías o fotografías, proporcionan evidencia visual del estado bucodental del paciente, antes y después del tratamiento.
- Evaluación pericial: También solicitaremos a un experto médico independiente que evalúe si el tratamiento dental que recibió fue negligente, elaborando un informe de viabilidad al efecto. Para acreditar una negligencia médica se deberá designar a peritos médicos expertos que ayuden a probar la infracción de la lex artis ad hoc de la clínica y del odontólogo. Serán de gran utilidad los protocolos y bibliografía médica, las fotografías del antes y después de la operación, la documentación que acredite la incorrecta indicación y técnica quirúrgica, la ausencia de consentimientos informados, entre otros.
- Reclamación extrajudicial: En caso de que el informe de viabilidad sea positivo, el siguiente paso será presentar una reclamación extrajudicial contra el facultativo o centro donde se produjo la conducta negligente para tratar de llegar a una solución amistosa.
- Vía judicial: En caso de que el profesional no aceptara su responsabilidad, habrá que acudir a la vía judicial. No obstante, en cualquier momento la puerta sigue abierta para llegar a un acuerdo extrajudicial y paralizar el procedimiento. En los casos en los que las negociaciones no prosperan, el abogado interpone una demanda judicial ante el juzgado correspondiente.
Reclamaciones y Plazos
Ante una negligencia dental, las soluciones pueden ser diversas. Lo más habitual es solicitar una indemnización económica. Independientemente de la indemnización económica, también es posible exigir que el profesional o la clínica asuman los costes de los tratamientos necesarios para corregir o mitigar los daños causados. En determinadas situaciones, cuando la negligencia causa daños severos o pone en riesgo la vida del paciente, pueden existir responsabilidades penales.
Es importante distinguir entre las reclamaciones de naturaleza civil o penal. La elección de la vía adecuada depende de la gravedad de la negligencia y de las circunstancias específicas de cada caso. Dado que las acciones legales prescriben, va a ser crucial iniciarlas dentro de los plazos establecidos. En el ámbito privado, el plazo es de cinco años desde que se conoce el alcance de las lesiones.
Estadísticas y Tendencias
Según el Colegio de Odontólogos, las reclamaciones dentales han aumentado un 30% en los últimos cinco años. A éstas, habría que sumar las que se presentan directamente ante las oficinas del consumidor y las propias clínicas. Las cadenas dentales (franquicias y aseguradoras) han crecido notablemente en los últimos años en España. Llama la atención, que siendo aún un bajo porcentaje, reciban más del 70% de las reclamaciones (10 reclamaciones por centro al año). El 70% de estas reclamaciones son por motivos clínicos.
Respecto a los motivos, un 70% son por motivos clínicos, un 10% por motivos económicos y un 8% por temas administrativos. Dentro de las reclamaciones por tratamientos clínicos, los implantes representan el 30%. Le siguen los tratamientos con prótesis, ortodoncias, endodoncias, odontología conservadora y cirugía.

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