Colegio Oficial de Dentistas de Tenerife: Funciones y Organización

El Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar. La organización de la profesión de Dentista en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife se basa en él.

Vista panorámica de Santa Cruz de Tenerife

Funciones y Objetivos del Colegio

El Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife tiene como objetivo mantener la disciplina social de los colegiados, sobre los principios de unidad y cooperación, salvaguardando y haciendo observar los principios deontológicos de la profesión, su dignidad y prestigio. Entre sus funciones destacan:

  • Prestar su cooperación a la Administración de justicia, evacuando las consultas, informes y peritaciones que por aquella se soliciten.

Estructura Organizativa

La dirección y administración del Colegio recae en la Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno es el órgano encargado de la dirección y administración del Colegio, con sujeción a lo establecido en los presentes Estatutos.

La Junta General de Colegiados es el órgano supremo de la representación colegial, y a ella deberá dar cuenta de su actuación la Junta de Gobierno. Es un derecho de todo colegiado asistir a las Juntas Generales.

La Comisión Permanente constituida por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario General y el Tesorero es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la Asamblea General, y de la Junta de Gobierno, y preparatorio de las reuniones de esta.

Ni la Junta de Gobierno ni los miembros de la misma podrán delegar sus atribuciones o competencias en ningún otro órgano o persona, salvo para casos concretos y actuaciones determinadas que se fijarán con anterioridad y explícitamente, exigiéndose siempre que la entidad o persona delegada se ajuste estrictamente en su actuación a las instrucciones recibidas.

Composición del Pleno de la Junta de Gobierno

El Pleno de la Junta de Gobierno estará integrado por los siguientes miembros:

  • Presidente
  • Vicepresidente
  • Secretario
  • Tesorero
  • Vicesecretario
  • Vocales

Elecciones y Mandato

La elección de los miembros de la Junta de Gobierno se efectuará por votación, en la que podrán tomar parte todos los colegiados. Se presentarán listas cerradas con candidatos para todos los cargos unipersonales que componen la Junta de Gobierno. Deberán ser suscritas y firmadas por los propios candidatos, y presentadas ante la Secretaría del Colegio en el plazo señalado en la convocatoria.

El periodo de mandato de cuatro años que se establece para los cargos de la Junta de Gobierno. La convocatoria de las elecciones para la provisión de los respectivos cargos se efectuará con al menos cincuenta días naturales de antelación a la fecha de su celebración.

Proceso Electoral

El proceso electoral incluye varias etapas:

  1. Convocatoria de elecciones.
  2. Presentación de candidaturas.
  3. Aprobación de candidaturas.
  4. Campaña electoral.
  5. Votación (presencial o por correo).
  6. Escrutinio y proclamación de resultados.

Voto por Correo

El procedimiento de voto por correo será el siguiente: la papeleta con la candidatura deberá introducirse en un sobre en el que figure la inscripción “Voto. Elecciones Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife”. Una vez cerrado, deberá acompañarse con una cuartilla en la que figure el nombre, apellidos y firma autógrafa del elector, así como fotocopia del DNI, pasaporte o carnet de colegiado. El sobre aludido deberá obrar en la Secretaría del Colegio antes de iniciarse el acto electivo.

Ceses y Sustituciones

Los ceses en los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario o Tesorero, producidos durante el primer año de mandato de la Junta de Gobierno, darán lugar a la convocatoria de nuevas elecciones para los indicados cargos. Tales elecciones, con los mismos trámites establecidos para las ordinarias, deberán efectuarse en el plazo de tres meses.

Régimen Económico

El régimen económico del Colegio es presupuestario. El Colegio podrá contratar el personal administrativo y laboral que estime necesario para su correcto funcionamiento y para el cumplimiento de sus fines, incluido un Director Ejecutivo, que, subordinado orgánicamente al Secretario, asumiría la jefatura orgánica de todo el personal contratado.

Los ingresos del Colegio provienen de:

  • La cuota de incorporación al Colegio.
  • La cuota ordinaria.

Régimen Disciplinario

Los colegiados están sujetos a responsabilidad disciplinaria e incurrirán en ella en los supuestos y circunstancias establecidos en estos Estatutos. Dicha responsabilidad está basada en los principios, tanto ético‐deontológicos como legales, que vertebran el ejercicio profesional del dentista.

El COELP llevará un registro de sanciones, y estará obligado a conservar el expediente hasta la extinción de la responsabilidad disciplinaria. Las sanciones disciplinarias firmes se harán constar en el expediente personal del colegiado, o, en su caso, en la hoja abierta a la Sociedad Profesional en el Registro de Sociedades Profesionales.

Intrusismo Profesional

El Colegio tiene la función de perseguir y denunciar el intrusismo y la ilegalidad dentro de la profesión, así como informar públicamente de cuantas actuaciones puedan ser engañosas para la población o se aprovechen de la buena fe de los usuarios.

El Dr. Óscar Castro felicita al Colegio de Dentistas de Tenerife por sus acciones legales contra el intrusismo. El Juzgado de lo Penal N.º 9 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un protésico dental, exmiembro de la Organización Colegial de Protésicos de esta ciudad, por un delito de intrusismo profesional.

Intrusismo laboral en el sector de la odontología

El acusado realizaba funciones propias de un dentista, a pesar de no tener título académico oficial de odontólogo que le faculte para el ejercicio de la profesión.

Representación gráfica del intrusismo profesional

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