Contrato de Prestación de Servicios Profesionales para Dentistas: Modelo y Características

Desde hace muchos años existe una gran inseguridad jurídica en la prestación de servicios por los profesionales de la salud a través de la figura jurídica del arrendamiento de servicios desarrollando su actividad como personas trabajadoras autónomas en las clínicas y establecimientos sanitarios. En esta ocasión, te contaremos en detalle qué es un contrato de prestación de servicios, para qué sirve y cuáles son sus características.

También te mostraremos cómo es un contrato para que puedas ver, de manera práctica, las condiciones que debes reflejar y utilizarlo como base para redactar los tuyos. Estamos seguros de que toda esta información te será de mucha utilidad a la hora de elaborar un contrato de prestación de servicios.

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¿Qué es un Contrato de Prestación de Servicios?

El contrato de prestación de servicios es un documento por el que una persona jurídica, ya sea empresa o profesional autónomo, como prestador del servicio, se compromete legalmente a llevar a cabo unos determinados servicios para otra empresa o profesional (cliente), a cambio de una retribución. A partir del momento en el que se firma este documento, ambas partes quedan obligadas a cumplir las cláusulas legales que han quedado establecidas.

Una peculiaridad de este tipo de contratos es que la obra o el servicio objeto del contrato tiene que reunir 2 condiciones:

  • Tener autonomía.
  • Tener sustantividad propia.

Esto quiere decir que la obra o servicio tiene unas características que la hacen ser independiente de otros trabajos o servicios que se estén realizando y estar separado de ellos. Por lo tanto, esta obra o servicio es algo que está a parte de las tareas del ciclo productivo permanente de la empresa para la que se va a realizar.

¿Para qué sirven los Contratos de Prestación de Servicios?

Un contrato de prestación de servicios formaliza una garantía de su cumplimiento que beneficia a todas las partes. Por un lado, protege al prestador que se compromete a realizar el servicio, y por otro, también protege al cliente ante posibles incidencias o incumplimientos de contrato que pudieran producirse.

Por eso decimos que la función de un contrato de prestación de servicios es proporcionar un marco legal y una seguridad jurídica a la relación entre las partes. La utilización del contrato de prestación de servicios es muy habitual en determinados sectores que requieren trabajos que empiezan y acaban como:

  • Fabricación, reparación, instalación, mantenimiento, etc.
  • Profesionales, como asesorías, educación, servicios informáticos, etc.
  • Contratación de personas, como los guías turísticos, animadores, ayuda a domicilio (no se incluye el personal doméstico), etc.

También es muy habitual en sectores de telemarketing, limpieza o construcción, aunque se corre el riesgo de que surjan casos de fraude por el uso indebido de esta fórmula de contratación. Veamos por qué.

Cuando la actividad principal de la empresa es la realización de servicios de forma continua y sin una fecha de finalización, el contrato de prestación de servicios hace que la persona contratada trabaje bajo con un contrato temporal. Pero lo cierto es que, como está realizando una labor que se mantiene en el tiempo, debería de tener un contrato indefinido que le permita beneficiarse del derecho a prestaciones a la finalización del contrato y otras ventajas, a las que como temporal no puede acceder.

Por este motivo, el Tribunal Supremo, en la Sentencia 1137/2020, de 29 de diciembre, determinó que el uso del contrato de prestación de servicios no es aceptable en empresas cuya actividad habitual sea la prestación de servicios a terceros.

Características de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales

Un contrato de prestación de servicios tiene unas características propias que debemos conocer para utilizarlo de manera correcta y saber sus implicaciones. Estas características son:

  • Que el objetivo principal es la regulación de un servicio concreto destinado a alcanzar un fin determinado.
  • Que la prestación del servicio debe realizarse de acuerdo a los derechos y obligaciones que se hayan pactado entre las partes.
  • Que el contrato adquiere validez jurídica desde el momento en que se firma.
  • Que la finalidad del contrato es onerosa, es decir, que recibe una compensación económica por hacer el servicio.

Elementos de un Contrato de Prestación de Servicios entre Empresas

Conociendo ya las características de este contrato, vamos a ver los elementos obligatorios e imprescindibles que debe tener sí o sí un contrato de prestación de servicios entre empresas:

  • Datos de identificación: de las partes implicadas y sus representantes, si los hubiera:, nombre y apellidos o razón social, NIF, domicilio, estado civil, etc.
  • Forma de actuación: indicando si las partes actúan en nombre propio o están representadas por otras personas o empresas.
  • Objeto del contrato de prestación de servicios: hay que especificar las operaciones que se van a realizar.
  • Duración del contrato: el tiempo que dure o la fecha de finalización.
  • Obligaciones contractuales: las que ambas partes deben pactar.
  • Incumplimientos: especificando cuáles serían las posibles consecuencias en caso de incumplimiento de contrato por alguna de las partes.
  • Retribución: el importe que se va a pagar por el servicio como retribución.
  • Confidencialidad y protección de datos de acuerdo a la LGPD.
  • Firmas de los participantes.

También es recomendable incluir algunas cláusulas adicionales que proporcionen más información y aporten claridad, como por ejemplo:

  • La ubicación, dónde se realizará el servicio contratado.
  • Las herramientas utilizadas:, si las pone el cliente o el prestador, si son propias o en arrendamiento, quién debería reponerlas si fuera necesario.
  • La forma de realizar reclamaciones sobre el contrato, los plazos para hacerlas y dónde presentarlas.
  • Cómo se harían las compensaciones o indemnizaciones en caso de incumplimiento de contrato.

Nuestro consejo es que siempre cuentes con ayuda especializada. Consulta a un profesional especialista en contratos (abogado, gestor o asesor) con experiencia para que te ayude a redactar tu contrato de prestación de servicios o que revise el que recibas para no tener después sorpresas desagradables.

Modelo Gratuito de Contrato de Prestación de Servicios

Una vez que hemos comprendido qué es un contrato de prestación de servicios, ahora vamos a ver un modelo de contrato de prestación de servicios profesionales básico entre dos empresas.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

En _______________ a _____________ de_________ de 2025

INTERVIENEN

De una parte, La sociedad ______________________, con domicilio en _____________y con CIF____________, inscrita en el Registro Mercantil de _________al Tomo________, Folio ___, Hoja nº _______, representada por _____________, estando apoderada/o para intervenir en nombre de la compañía según escritura de poder otorgada ante el Ilustre Notario de _____________de fecha____________, quien manifiesta estar vigente su cargo y tener facultades suficientes para actuar en representación de la sociedad (en adelante, el PROFESIONAL).

Y de otra, La sociedad ________________ con domicilio en _____________y con CIF____________, inscrita en el Registro Mercantil de _________al Tomo________, Folio ___, Hoja nº_______, representada por _____________, estando apoderada/o para intervenir en nombre de la compañía según escritura de poder otorgada ante el Ilustre Notario de _____________de fecha____________, quien manifiesta estar vigente su cargo y tener facultades suficientes para actuar en representación de la sociedad mencionada (en adelante, el CLIENTE).

MANIFIESTAN

Que ambas partes han acordado realizar el presente contrato de prestación de servicios de acuerdo con los siguientes términos.

PACTAN

Primero. - Objeto del presente contrato

El PROFESIONAL prestará al CLIENTE servicios sobre las siguientes materias, lo que se concreta en la realización de los siguientes trabajos o servicios: ______________________________________.

Segundo. - Obligaciones del cliente para poder llevar a cabo los servicios contratados

Se deben relacionar todas las obligaciones del cliente por cada servicio que recibe. En caso de contratar dos o más de ellos, sería conveniente refundir las obligaciones comunes.

Tercero. - La duración del contrato

Los servicios y funciones descritos en el pacto anterior se prestarán por parte del PROFESIONAL por un plazo inicial de ___________________ meses (desde la firma hasta el 31 de diciembre), que se renovará tácitamente por periodos anuales, de no mediar preaviso, al menos, con un mes de antelación a su término.

Cuarto. - Confidencialidad de los datos

El PROFESIONAL se obliga a tratar confidencialmente todos aquellos datos, documentación y demás información que hayan sido suministrados por el CLIENTE durante la vigencia del presente contrato. Así mismo se compromete a no comunicar esta información a ninguna otra persona o entidad, exceptuando sus propios empleados y sólo en la medida necesaria para la correcta ejecución del contrato.

El acuerdo de confidencialidad establecido en el presente pacto tendrá validez durante la vigencia del contrato y seguirá en vigor, al menos, durante 5 años más después de la extinción, por cualquier causa, del mismo.

Quinto. - Protección de datos personales

Sexto. - Honorarios pactados

La cuota de honorarios será de ______________ euros, mensuales / trimestrales / anuales más el IVA que corresponda legalmente, y será revisable cada año en caso de producirse la prórroga del contrato. De no establecerse pacto en contrario, dichos honorarios se verán incrementados anualmente en el porcentaje del IPC del sector servicios correspondiente al año anterior.

Séptimo. - Forma de pago del precio

El pago del precio estipulado en el pacto anterior, se realizará por ingreso/ transferencia/recibo domiciliado en la cuenta número ____________________________, de la entidad _________________________ cuyo titular es ________________________.

Octavo. - Incumplimiento de los pagos

La falta del pago dará derecho al PROFESIONAL a _______________________________________.

Noveno. - Deficiencias en los servicios contratados

Décimo. - Rescisión del contrato

Causas para la finalización anticipada del contrato_______________________________________.

Undécimo. - Modificación del contenido del contrato

Cualquier modificación del presente contrato deberá realizarse por escrito e incorporarse al mismo como Anexo_____________________________________________________________________.

Duodécimo. - Sometimiento al fuero

Las partes, con renuncia al fuero propio si lo tuvieran, se someten a los Juzgados y Tribunales españoles de ____________________________________________________________________.

Décimo tercero. - Régimen del contrato

Este contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas o, en lo que en ellas no estuviera contemplado, por lo previsto en las disposiciones españolas contenidas en el Código de Comercio, Leyes especiales y usos mercantiles.

Y en prueba de conformidad firman el presente, por duplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

CLIENTE PROFESIONAL

FIRMA FIRMA

Como has podido ver, este modelo es muy sencillo y fácil de cumplimentar. Además,permite diferenciar 3 bloques de información:

  1. 1º bloque - identificación: aquí queda constancia de los datos identificativos de las partes contratantes y la fecha de realización del contrato.
  2. 2º bloque - contenido del contrato: en este bloque las partes manifiestan su voluntad de celebrar el contrato y expresan en detalle todo lo que se ha pactado y a lo que van a quedar obligadas desde la firma.
    • Referente al servicio (1º al 5º): qué se va a hacer, cómo se va a hacer, la duración del servicio y las condiciones de tratamiento y seguridad de la información manejada.
    • Referente a la retribución (6º al 7º): la cantidad de la retribución y la forma de pago.
    • Referente a posibles incidencias (8º al 9º): los tipos de conflictos que se puedan dar (impago del servicio, servicio defectuoso o deficiente, etc.)
    • Referente a la resolución del contrato (10º al 13º): es sobre la resolución y modificación, qué hacer en caso de conflicto, cómo y dónde debe resolverse y régimen al que se acogen para ello.
  3. 3º bloque - firma: la forma de ratificar y formalizar de manera expresa todo lo acordado es con la firma de las partes.

¿Cuánto tiempo puede durar un Contrato de Prestación de Servicios?

Como hemos dicho, un contrato de prestación de servicios es un acuerdo entre profesionales y/o empresas para la realización de un servicio a cambio de una contraprestación. Una de las características del contrato de prestación de servicios es que tiene una duración determinada.

Por ello, como el contrato no puede durar más que la obra o servicio para la que fue contratado, se tiene que indicar de forma clara y precisa cuál será la fecha máxima de finalización. Como hemos comentado antes, puede ocurrir que la obra o servicio “no tenga una fecha fin” porque se trata de un servicio continuado.

Entonces, puesto que parece que el contrato no finalizará nunca, lo que se debería de utilizar es un contrato laboral para no incurrir en un posible fraude. En el Estatuto de los Trabajadores se establece que:

Este tipo de contratos no pueden tener una duración superior a tres años, aunque se puede prorrogar doce meses más, según el convenio colectivo. No es posible concatenar contratos de prestación de servicios de corta duración continuamente (volver a firmar otro contrato igual cuando termina el vigente). Solo se permite un máximo de tres contratos.

Tampoco No se pueden producir dos contrataciones temporales que sumen más de veinticuatro meses dentro de un período de treinta meses, con la misma empresa o grupo. Si se diera alguno de estos casos, los trabajadores ...

El Falso Autónomo en Clínicas Dentales

Comienza el artículo citando la sentencia que dictó el Juzgado de lo social número 4 de Madrid recientemente, en el que se analizaba si un dentista es falso autónomo por trabajar en clínicas dentales o está bajo una relación laboral de ajenidad.

«La clínica suscribía contratos de prestación de servicios con profesionales del sector odontológico al tiempo que les facilitaba las instalaciones, maquinaria, así como personal auxiliar, tanto médico como administrativo», añade Romo.

«El profesional decidía cuándo se debía citar a los pacientes. Incluso, en caso de vacaciones, fijaban otra fecha, pudiendo cambiar las citas concertadas o proponer a los clientes que fuesen vistos por otros compañeros. Además, llevaban su propio instrumental específico para desarrollar su actividad. Disponían también de unos baremos para facturar, pero dependiendo de los casos podían fijar tarifas fuera de estos.

Teniendo en cuenta estos aspectos, la Inspección de Trabajo levantó acta de infracción, considerando la existencia de relación laboral entre la demandada, la clínica y los codemandados, y los profesionales dentales. Así, cada vez, es más frecuente encontrar profesionales de la odontología, que prefieren trabajar para distintas clínicas, (en vez de hacerlo exclusivamente en la suya propia o como empleados a tiempo completo para una sola clínica), por ser aquella modalidad mucho más rentable económicamente e incluso porque, el hecho de poder colaborar con otros profesionales, les enriquece desde el punto de vista de su desarrollo profesional sanitario.

Estos modelos de colaboración profesional, que nuestra moderna sociedad genera y que son una expresión del dinamismo social y la economía, encuentran, en demasiadas ocasiones, obstáculos por parte de la Inspección de Trabajo que se empeña en calificar como contratos laborales relaciones que realmente son, en su origen y en su desarrollo, colaboraciones profesionales mercantiles de dentistas e higienistas con las clínicas dentales. Inspecciones que generan inseguridad jurídica, y que suelen finalizar con actas sancionadoras con graves consecuencias económicas para las clínicas por una interpretación obsesiva, y que las partes no habían pactado.

De este modo, un modelo de colaboración económica que debía ser valorada por la Administración como una magnífica solución para muchos profesionales sanitarios así como para nosotros los pacientes termina convirtiéndose en un obstáculo para los agentes económicos y las relaciones profesionales.

Esa inseguridad jurídica ha provocado, durante los últimos años, continuas consultas sobre “cómo poder evitar posibles sanciones de la Inspección Laboral”, en los casos de contratación de profesionales independientes mediante contratos de arrendamiento de servicios. De forma genérica, será fundamental demostrar que, en la relación que mantiene la clínica con el profesional, existen suficientes indicios que demuestran la autonomía e independencia del profesional.

Cabe también que el profesional proponga a algún otro profesional o compañero que le sustituya ocasionalmente, por así convenirle. Posibilidad del profesional de manejar la agenda de pacientes de la clínica, organizando sus tiempos de trabajo e incluso aceptando o declinando determinados casos al margen del criterio de la clínica, y actuando conforme a su modus operandi y circunstancias personales. También en el caso de algunas especialidades, como endodoncias, implantes, ortodoncia, hay veces que, para realizar su trabajo, el profesional libre aporta su propio material, o instrumental, circunstancia ésta que conviene señalar en el contrato y acreditar.

La estrategia de ofrecer servicios dentales a empresas para aumentar la cantidad de pacientes nuevos es una estrategia utilizada por muchas clínicas. Este tipo de acuerdo se formaliza a través de convenios dentales con empresas. Además de los beneficios comerciales, también se puede mejorar la reputación de la clínica y construir confianza con pacientes nuevos.

El convenio dental con empresas es una herramienta de marketing que aumenta la visibilidad y muestra la capacidad de atención de la clínica.

Estos son solo algunos pasos para ayudar a llevar a cabo la estrategia, pero es importante recordar que es necesario tener un enfoque profesional y conocer los aspectos legales y financieros para tener éxito en la alianza con empresas. Es importante saber qué problemas tiene nuestro público objetivo.

  • Clínica dental en una zona residencial: En este caso, la empresa objetivo podrían ser empresas de servicios locales como colegios, gimnasios, centros de salud y similares que brinden servicios a los residentes de la zona.
  • Clínica dental en una zona de negocios: En este caso, la empresa objetivo podrían ser compañías grandes y medianas que se encuentran en la misma zona. La idea sería ofrecer programas de salud dental para sus empleados y, a cambio, obtener un flujo constante de pacientes.

Oferta de servicios dentales para empresas en paquetes: Una empresa de servicios dentales podría ofrecer diferentes paquetes de servicios dentales a empresas con precios específicos.

Descuentos en tratamientos dental específicos: Una empresa de servicios dentales podría ofrecer descuentos en tratamientos dentales específicos a las empresas que tengan una cantidad de pacientes determinada.

Presentación personalizada: Antes de la reunión, investiga sobre la empresa y su departamento dental para poder personalizar tu presentación y demostrar que comprendes sus necesidades y desafíos.

Demostración en vivo: Lleva a cabo una demostración en vivo durante la reunión, usando materiales y tecnologías que muestren cómo tus servicios dentales son superiores a los de la competencia. Destaca tus diferenciadores clave, como un equipo altamente capacitado, un ambiente de oficina acogedor y un enfoque en la prevención.

El acuerdo que podría firmarse entre una clínica odontológica y una empresa es un acuerdo de colaboración en el que se establecen los términos y condiciones de la relación entre ambas partes.

Resolución de disputas: En caso de surgir cualquier disputa en relación con este acuerdo, las partes se esforzarán por resolverla de buena fe y por medios pacíficos.

Confidencialidad: Cada parte acuerda mantener confidencial toda la información confidencial que reciba de la otra parte, incluyendo, entre otras cosas, información sobre productos, servicios, precios y clientes.

En Traspaso Dental, somos expertos en el asesoramiento de clínicas dentales, tanto a nivel legal, como fiscal y laboral. Tener firmado el contrato de colaboración.Firmar anualmente el listado de precios de prestación de servicios odontológicos a los pacientes, de forma que quede claro que se establecen de forma consensuada y no se imponen unilateralmente por la clínica.

Es fundamental que el odontólogo aporte herramientas propias.Cobrar una cuota mensual al odontólogo (ej.: 50 €) por el uso y desgaste de equipos y material. Mantener de forma fija y constante un horario.

Llevar uniformidad de la clínica y, si lo hace, tiene que comprar el uniforme dejando constancia documentada de la compra.Dar instrucciones u órdenes al autónomo.Imponer al odontólogo horarios, precios, laboratorio, pacientes…

El odontólogo, como autónomo, es una empresa independiente.Pagar siempre la misma factura de servicios.Impedirle modificar la agenda.

Que otro profesional trate a sus pacientes cuando no está: los pacientes que trata el autónomo son suyos y no de la clínica, sólo pueden ser tratados por él, salvo autorización expresa por escrito.

En caso de tratamientos fracasados, la clínica nunca puede asumir su coste.

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