¿Cubre la Seguridad Social en España el Injerto de Encía?

La salud bucal juega un papel muy importante en el estado de la salud en general. El estado de los dientes, las encías… no hay que descuidar el cuidado de la boca pues, aunque no haya un problema a primera vista, se recomienda visitar al dentista al menos una vez al año.

En este sentido muchas son las personas que se preguntan si la Seguridad Social cubre los tratamientos dentales de manera gratuita y, si es así, en qué condiciones lo hacen. Desde Moncloa aseguran que "sí, tanto de dentista como del resto de profesionales de las unidades de salud bucodental del Sistema Público de Salud, así como de determinados servicios incluidos en la cartera común de servicios, en función del colectivo al que pertenezcas.”

Por lo tanto, el Sistema Nacional de Salud (SNS) permite acceder a una serie de tratamientos gratuitos para la atención bucodental en España, dependiendo de los colectivos o grupos poblacionales.

Ayudas dentales de la Seguridad Social

¿Qué cubre el dentista de la Seguridad Social?

El dentista de la Seguridad Social cubre ciertas actividades de diagnóstico, tratamiento y prevención. El Ministerio de Sanidad organiza la salud bucodental en varios grupos poblacionales, de forma que la asistencia y tratamientos a los que se tiene acceso varían en función del grupo al que se pertenece: población infantil y juvenil, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y población general.

Las prestaciones básicas que cubren el 100% de las comunidades incluyen:

  • Información y difusión sobre las medidas básicas higiénicas y dietéticas necesarias para alcanzar y mantener la salud oral, junto con instrucciones y recomendaciones sanitarias individualizadas.
  • Consejo odontológico.
  • Tratamiento de procesos agudos odontológicos, entendiendo por tales los procesos infecciosos y/o inflamatorios que afectan al área bucodental, traumatismos oseodentarios, heridas y lesiones en la mucosa oral, así como la patología aguda de la articulación témporo-mandibular, que conecta la mandíbula con la parte lateral de la cabeza.
  • Tratamiento farmacológico de la patología bucal que lo requiera.
  • Exodoncias (extracción de dientes), exodoncias quirúrgicas y cirugía menor de la cavidad oral.
  • Detección precoz de lesiones premalignas y, en su caso, biopsia de lesiones mucosas.
  • Educación sanitaria para la autoexploración de la cavidad oral en la búsqueda de lesiones de sospecha de malignidad.

También se incluyen:

  • Revisión periódica del estado de salud oral, que incluirá exploración radiográfica si está prescrita.
  • Determinación del riesgo individual de caries, especialmente en los dos primeros años de vida, para establecer la periodicidad de las revisiones y las medidas preventivas orientadas a reducir ese riesgo.
  • Tanto en dentición temporal como definitiva: aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes.
  • Sellados de fosas y fisuras.
  • Tartrectomía (limpieza de boca).
  • En la dentición temporal, se aplicarán actuaciones de mínima intervención y medidas tendentes a frenar el proceso de lesión por caries.
  • Para toda la dentición definitiva se incluyen obturaciones (empastes) en lesiones que no asocien daño pulpar irreversible producidas por caries, traumatismo o por cualquier enfermedad que afecte a la estructura del diente.
  • En el caso de lesiones por traumatismo en el grupo incisivo y canino definitivos, se incluyen también: reubicación y estabilización de los dientes afectado. Ferulización (unión de dientes) y sutura de tejidos blandos, si es necesario.

El actual Ministerio de Sanidad lleva meses estudiando las posibilidades de favorecer al mayor número posible de españoles pertenecientes a franjas vulnerables mediante la cobertura odontológica gratuita.

Durante el año 2024, la sanidad pública de nuestro país ha ido incrementando el ámbito y la cantidad de prestaciones bucodentales. Este paso busca asegurar la asistencia odontológica a la mayor cantidad de españoles posible. Pero el objetivo principal lo constituyen grupos de la población más indefensos: niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y pacientes oncológicos.

A día de hoy, la cobertura odontológica proporcionada sin coste alguno por la Seguridad Social provee asistencia a los grupos mencionados. En todos estos casos es necesario tener el alta en la Seguridad Social, la tarjeta sanitaria actualizada y las condiciones descritas para cada tratamiento. Recordemos que actualmente la cobertura de la Seguridad Social no abarca todos los tipos de cuidado dental.

Este plan de mejora de la atención dental requiere un elevado presupuesto de 180 millones de euros. De este total, aproximadamente 70 millones se han repartido entre las autonomías españolas para reforzar el alcance de la asistencia pública y garantizar la cobertura bucodental ampliada en todo el territorio nacional.

Pero a pesar de esta extensión, un buen número de tratamientos quedan fuera del paraguas público. Entre otros, la ortodoncia, el arreglo de dientes temporales y la extracción de piezas dentales sanas. Las intervenciones estéticas no entran, salvo casos concretos como el de los dientes perdidos por enfermedades oncológicas.

Extracciones simples: La extracción de dientes que no requieren cirugía complicada también está incluida.

Es importante destacar que tratamientos más complejos y estéticos como ortodoncias, implantes dentales o carillas cosméticas no suelen estar cubiertos por la Seguridad Social en España.

Aunque la cobertura de la Seguridad Social es amplia, no incluye todos los tratamientos dentales. Para estos tratamientos, muchos optan por seguros de salud privados o planes dentales que ofrecen tarifas reducidas para procedimientos no cubiertos por la Seguridad Social.

Para acceder a los servicios dentales que ofrece la Seguridad Social, los pacientes deben estar inscritos en el sistema de salud pública y poseer la tarjeta sanitaria. Es recomendable hacer una cita en el centro de salud más cercano que cuente con servicio dental.

En concreto, dentro de la Comunidad de Madrid, el Servicio de Salud regula la atención dental primaria a niños de 6 hasta 16 años.

Prestaciones según el grupo de población

Dentista de la Seguridad Social en la Infancia

Tanto el Ministerio de Sanidad como las comunidades autónomas definen una serie de actividades dentales gratuitas para niños de entre 7 y 16 años, una edad súper importante porque es cuando se asienta la dentición y se pueden fomentar medidas de cuidado y prevención dental para que tengan dichos hábitos toda la vida.

Estas actividades y tratamientos están recogidos en las Carteras de Servicios de Atención Primaria del Ministerio y en programas específicos de las CCAA como el Programa de Atención Dental Infantil.

Prestaciones básicas que cubren el 100% de las comunidades:

  • Instrucciones sobre dieta y salud dental:
    • Importancia de la dentición temporal, comúnmente conocida como dentadura de leche.
    • Cepillado dental con pasta fluorada.
    • Cariogenicidad de los alimentos: composición, pegajosidad, frecuencia y momento de la ingesta.
  • Revisión anual:
    • Estado dental en el odontograma.
    • Índices de caries: COD (dentición temporal: careados, obturados, dientes) y/o CAOD (dentición definitiva: careados, ausentes, obturados, dientes).
    • Hábitos inadecuados.
    • Presencia o ausencia de alteraciones de la oclusión.
    • Necesidad de tratamiento.
    • Estado periodontal: presencia de sangrado o cálculo.
    • Alto riesgo de caries.
  • Sellado de fisuras o fosas en las piezas permanentes: esto reduce la aparición de caries en hasta un 80%. Están limitados a molares y premolares en: Aragón, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura y Navarra.
  • Obturaciones en piezas dentarias permanentes: limitadas a molares en Castilla la Mancha, Extremadura y Murcia.
  • Exodoncias de piezas dentarias temporales: también se le conoce como extracción dental.

Tratamientos básicos que no los incluyen la totalidad de comunidades autónomas:

  • Aplicación de flúor tópico según necesidad: se hace en 16 de 17 CCAA y la frecuencia de aplicación del flúor depende de la comunidad autónoma. No se realiza en el País Vasco.
  • Tartrectomías: conocida comúnmente como limpieza dental, se hace en 15 CCAA en caso de cálculos y/o pigmentaciones en dentición permanente. No se realiza en La Rioja y Galicia.
  • Tratamientos pulpares en dentición permanente: se realiza en 12 CCAA.

Tratamientos especiales o complejos:

  • Tratamientos especiales de incisivos y caninos permanentes en caso de enfermedad, malformaciones o traumatismos: Solo 12 comunidades lo cubren en caso de traumatismos, 11 en caso de enfermedad y 10 por malformaciones.
  • Tratamientos especiales de otros grupos dentales permanentes: los cubren 6 comunidades por enfermedad, y 5 por malformaciones o traumatismos.

Tratamientos extras según qué CCAA:

  • Ortodoncia: Cantabria es la única Comunidad Autónoma que incluye la ortodoncia entre sus prestaciones desde 1990. Algunas CCAA incluyen la prestación de ortodoncia en casos de malformaciones severas ligadas a patologías funcionales severas (AN, EX, CM) o en discapacitados con esa necesidad (CM). El resto de CCAA excluyen expresamente la ortodoncia.
  • Prótesis: Navarra incluye tratamiento de prótesis en dentición permanente. Aragón en los niños con enfermedades sistémicas que afecten gravemente a la salud bucodental.

Dentista de la Seguridad Social para embarazadas

El grupo poblacional de embarazadas tiene derecho a acudir al dentista de la Seguridad Social para para recibir la siguiente atención bucodental:

  • Exploración preventiva de la cavidad oral: cobertura activa en 16 de las 17 comunidades autónomas.
  • Instrucciones y recomendaciones sobre salud dental: activo en todas las comunidades.
  • Aplicaciones de flúor tópico: activo en 13 comunidades.
  • Tartrectomías: también conocida como limpieza dental, se realiza en 10 comunidades autónomas.

El resto de prestaciones del dentista de la Seguridad Social para este grupo poblacional no han sido incluidas en los planes de las comunidades autónomas.

Dentista de la Seguridad Social para discapacitados

El Sistema Nacional de Salud (SNS) siempre tiene en cuenta a colectivos vulnerables, como las personas con discapacidad severa o dependencia. En este contexto, les ofrece ciertas prestaciones a cargo del servicio de dentista de la Seguridad Social. Sin embargo, la disponibilidad de servicios dentales gratuitos puede variar según la comunidad autónoma.

A continuación te mostramos todas estas prestaciones:

  • Tratamientos sedativos si falta autocontrol: En aquellos casos en los que el paciente sufre falta de autocontrol se establece un tratamiento sedativo cubierto en cualquier rango de edad en 16 comunidades y solo para la población infantil en 1 comunidad (Aragón).

Discapacidad psíquica:

Las personas con discapacidad psíquica son un grupo de población ciertamente cuidado por parte de los gobiernos autonómicos. Por ello, cuentan con coberturas específicas, incluso para un rango de edad mayor que el de la población infantil, teniendo asistencia básica, tratamientos especiales y en algunas CCAA ortodoncia, prótesis o periodoncia.

Todas las comunidades autónomas, salvo Baleares, prestan servicios dentales a personas con discapacidad psíquica.

Discapacidad física:

Las personas con discapacidad física también tienen cobertura por parte del dentista de la Seguridad Social, pero en este caso son solo 9 CCAA (el 53%) las que cuentan con prestaciones específicas para este colectivo (Aragón, Comunidad Valenciana, Andalucía, Cataluña, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Navarra y P. Vasco).

Discapacidad sensorial:

Para las personas con discapacidad sensorial, el 47% (8) de las CCAA proporcionan prestaciones específicas (Aragón, Comunidad Valenciana, Andalucía, Cataluña, Murcia, Cantabria, Navarra y País Vasco), y todas ellas también por encima del rango de edad establecido para la población infantil. Los tratamientos que se facilitan son los mismos que en el caso de la discapacidad psíquica.

Prestaciones extra:

Prestaciones de ortodoncia en casos de discapacidad:

  • Discapacidad física: 3 CCAA (Castilla-La Mancha, Navarra y P. Vasco)
  • Discapacidad psíquica: 3 CCAA (Comunidad Valenciana, Extremadura y Castilla La Mancha)
  • Discapacidad sensorial: ninguna CA facilita esta prestación a este colectivo de discapacitados

Otras circunstancias, diferentes a la discapacidad, en las que se facilita la ortodoncia: Son solo 4 las CCAA (Andalucía, Cataluña, Asturias y Cantabria) que facilitan prestación de ortodoncia en algunas otras circunstancias o colectivos como son: procesos oncológicos relacionados con la cavidad oral, menores tutelados, malformaciones congénitas craneofaciales con repercusión en las arcadas dentales y tras cirugía ortognática.

Dentista de la Seguridad Social para la población general

Para aquellas personas que no pertenecen a ningún colectivo vulnerable, existe una serie de prestaciones orientadas al control de infecciones y extracción de piezas dentales que causen problemas. A continuación, te mostramos todo lo que incluye el dentista de la Seguridad Social para este grupo de población:

  • Información y educación bucodental
  • Tratamiento de procesos agudos odontológicos:
    • Procesos infecciosos y/o inflamatorios que afectan al área bucodental
    • Traumatismos oseodentarios
    • Heridas y lesiones en la mucosa oral
    • Patología aguda de la articulación témporo-mandibular
  • Tratamiento farmacológico de la patología bucal que lo requiera
  • Exodoncias (extracciones)
  • Exodoncias quirúrgicas
  • Cirugía menor de la cavidad oral
  • Revisión oral para la detección precoz de lesiones premalignas
  • Biopsia de lesiones mucosas

Dentista de la Seguridad Social para mayores de 65 años

Los mayores de 65 años son un grupo vulnerable, ya que suelen depender únicamente de la pensión. Por ello, el Sistema Nacional de Salud ofrece una prestación a través del dentista de la Seguridad Social en el que se les realiza una limpieza dental y se les aplica sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes.

Tratamientos excluidos del dentista de la Seguridad Social

Cualquier tipo de tratamiento que no hayamos mencionado en los apartados anteriores queda excluido del Sistema Nacional de Salud y, por tanto, son servicios que no realiza el dentista de la Seguridad Social. Esto implica acudir a un dentista privado y pagar por el servicio y tratamiento.

¿Qué servicios quedan excluidos del dentista de la Seguridad Social?

  • Reconstrucciones de dientes temporales.
  • Ortodoncias
  • Tratamientos estéticos
  • Extracciones de dientes sanos
  • Implantes (salvo pacientes oncológicos o pacientes con malformaciones congénitas)
  • Pruebas complementarias para fines distintos de las prestaciones financiadas por el SNS

Diferencias de acceso y cobertura

En España, el acceso a la atención dental es una parte integral del sistema de salud, ofreciendo prestaciones a través de la Seguridad Social. Sin embargo, estas prestaciones no llegan a ser suficientes para la mayoría de los ciudadanos, ya que el dentista de la Seguridad Social se centra mayoritariamente en infecciones y extracciones.

Lo más habitual es que, ante una necesidad dental, se acuda al sistema privado, teniendo que abonar una cantidad bastante alta por cada intervención.

La principal diferencia entre la atención dental proporcionada por el dentista de la Seguridad Social y la ofrecida por seguros privados radica en el acceso y la cobertura. La Seguridad Social española ofrece servicios dentales de forma gratuita, pero esto implica que haya listas de espera y no haya mucha flexibilidad a la hora de elegir fechas y horas. Además, la cobertura es bastante limitada en términos de procedimientos.

Por otro lado, los seguros dentales privados suelen ofrecer una gama más amplia de servicios y una mayor flexibilidad en términos de elección de dentistas y citas. Estos seguros cubren una gran variedad de tratamientos, desde limpiezas y revisiones hasta procedimientos más complejos como endodoncias o implantes.

Diferencias de precio

Otro factor a considerar son los precios asociados con cada opción. La atención a través del dentista de la Seguridad Social puede ser gratuita o tener un costo mínimo, pero la mayoría de los servicios no están incluidos y, por ello, en la mayoría de las ocasiones se vuelve necesario acudir a un dentista privado sin tener ningún tipo de seguro.

En contraste, los seguros dentales privados implican el pago de una prima mensual o anual, que varía según la cobertura y los servicios incluidos. Además de la prima, es común que existan copagos por ciertos procedimientos, aunque estos suelen ser bastante más bajos que los precios de mercado.

A cambio, los pacientes pueden acceder a una atención más rápida y completa, así como a servicios adicionales como atención de emergencia fuera del horario laboral o descuentos en tratamientos estéticos.

Diferencias de calidad y servicio

La calidad y el servicio también son aspectos importantes a considerar al elegir entre la atención dental pública y privada. Si bien el dentista de la Seguridad Social proporciona servicios de calidad, la alta demanda puede resultar en tiempos de espera más largos y una atención menos personalizada. Además, la renovación de equipos suele ser bastante lenta, por lo que no suele contar con la última tecnología.

Por otro lado, los seguros dentales privados suelen ofrecer un servicio más personalizado y centrado en el paciente. Los tiempos de espera son más cortos, y los pacientes pueden elegir dentistas de una amplia red según sus preferencias y necesidades. Además, los seguros privados suelen ofrecer una atención más completa, cubriendo una gama más amplia de tratamientos y servicios complementarios.

¿Cómo pedir cita con el dentista de la Seguridad Social?

Solicitar cita con el dentista de la seguridad social es sencillo, aunque dependiendo de la comunidad autónoma en la que se reside, la forma de hacerlo cambia. El dentista es un gasto sanitario elevado y por ese motivo la población española lleva largos años queriendo incluirlo entre las prestaciones de la Seguridad Social.

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