Con el inicio del plazo para presentar la Declaración de la Renta 2024, muchos contribuyentes se preguntan si los tratamientos dentales pueden deducirse. Llega la hora de afrontar la declaración de la Renta 2024 y, para todos aquellos españoles obligados a cumplir con este trámite, todo gasto deducible es poco si de lo que se trata es de ahorrar en la factura fiscal o lograr una devolución mayor por parte de Hacienda. Si has llegado hasta aquí, es probable que tuvieras que pasar por la consulta privada de un dentista el pasado ejercicio y que te preguntes si es posible desgravar los gastos del dentista en la Renta.
Aunque la normativa estatal del IRPF no contempla una deducción general por este tipo de gastos, algunas comunidades autónomas sí han establecido beneficios fiscales en la parte autonómica del impuesto.
DEDUCCIONES PERSONALES - Deduce tus visitas al dentista en la Declaración Anual 2022
¿Es posible desgravar los gastos del dentista en la Renta?
Desgravar los gastos médicos en general y los gastos de dentista en particular es una posibilidad muy limitada en cuanto a la declaración de la Renta 2024. No existe en la actualidad ninguna deducción estatal en este sentido y, en cuanto a posibles deducciones autonómicas, solo tres comunidades autónomas ofrecen ventajas fiscales asociadas a los gastos médicos: Canarias, Cantabria y Comunidad Valenciana.
Otras formas de desgravar gastos del dentista
Además de estos dos casos, nos encontramos con otras dos posibilidades para desgravar los gastos del dentista en el IRPF:
- Autónomos: Los profesionales dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pueden desgravar su seguro privado en la Renta (que puede incluir cobertura dental), aunque con limitaciones. Lo que no se podrá hacer es desgravar directamente las facturas del dentista porque, en general, será difícil demostrar que se trate de gastos relacionados con la actividad económica.
- Seguro médico de empresa: Los trabajadores por cuenta ajena que disfruten de un seguro médico ofrecido por su empresa también pueden desgravarlo, con ciertos límites. Se trata, de forma indirecta, de una manera de desgravar gastos en dentista, siempre que queden incluidos bajo el paraguas de este tipo de seguro.
Desgravar los gastos de dentista en la Renta de forma directa solo será posible si resides en una de las comunidades autónomas mencionadas.
Deducciones Autonómicas Específicas
A día de hoy, solo tres comunidades autónomas -Cantabria, Canarias y Comunitat Valenciana- han desarrollado deducciones concretas que abarcan los gastos del dentista. Estas deducciones autonómicas se aplican sobre la parte de la cuota íntegra que corresponde a la comunidad, y deben cumplimentarse en los apartados específicos del modelo de la renta para que surtan efecto.
1. Canarias
En Canarias existe la llamada deducción por gastos de enfermedad, que asciende al 12% de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el periodo impositivo por la prestación de servicios realizada por profesionales médicos o sanitarios (excepto farmacéuticos) con el fin de prevenir, diagnosticar y tratar enfermedades, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar.
Existen algunos límites:
- No se incluye la asistencia con fines estéticos, excepto cuando constituyan la reparación de daños causados por accidentes o intervenciones que afecten a las personas y los tratamientos destinados a la identidad sexual.
- Tampoco se integran en la base de la deducción las primas satisfechas por seguros médicos ni el importe de las prestaciones médicas que sean reintegrables por la seguridad social o las entidades que la sustituyan.
Cuando la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro sea superior a 45.500 euros en tributación individual o a 60.500 euros en tributación conjunta, el límite de deducción será de 150 euros por contribuyente.
Mayor es la ventaja fiscal para los contribuyentes que no superen estas cuantías: para ellos la deducción tiene un límite anual de 500 euros en tributación individual y 700 euros en tributación conjunta, que se incrementarán en 100 euros en tributación individual cuando el contribuyente sea una persona mayor de 65 años o acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Recuerda que es imprescindible justificar con factura debidamente emitida la existencia de estos gastos. La salud bucal tiene mucha importancia sobre el resto de la salud en general. Una infección que empieza en la boca, por ejemplo provocada por una caries, puede acabar afectando al resto del organismo si no se trata bien y a tiempo.

2. Cantabria
Esta comunidad autónoma permite deducir el 10% de los honorarios abonados a profesionales por servicios sanitarios y de salud dental. Hasta un máximo de 500 euros en tributación individual y 700 en conjunta.
Siempre y cuando la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supere los 22.946 euros en tributación individual o los 31.485 euros en tributación conjunta.
3. Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana, los contribuyentes pueden beneficiarse de varias deducciones relacionadas con gastos sanitarios, incluidas aquellas relacionadas con la salud bucodental. La deducción es aplicable a tratamientos de salud no estéticos, tales como ortodoncias, prótesis dentales y otros cuidados odontológicos.
Además de los gastos dentales, la legislación valenciana contempla deducciones para otros tipos de atención médica. Entre ellos se incluyen los tratamientos y cuidados de personas afectadas por enfermedades crónicas de alta complejidad o raras, personas diagnosticadas con daño cerebral adquirido o Alzheimer, y aquellos gastos derivados de la atención a personas con trastornos de salud mental.
Para poder acceder a estas deducciones, la base liquidable general y del ahorro del contribuyente no debe superar los 32.000 euros en tributación individual o los 48.000 euros en tributación conjunta.
No obstante, si la base liquidable supera los 29.000 euros en declaración individual o los 45.000 euros en conjunta, los límites de deducción se ajustarán aplicando un porcentaje calculado en función de la diferencia entre la base liquidable y los umbrales establecidos.
Estas deducciones son compatibles entre sí y se aplican sobre los mismos gastos, siempre y cuando se cumplan los requisitos de facturación y pago mediante medios como tarjeta de crédito, transferencia bancaria o cheque nominativo.
Requisitos Generales para la Deducción
En definitiva, aunque la normativa estatal no permite deducir los tratamientos dentales en la declaración de la renta, si resides en la Comunidad Valenciana, Cantabria o Canarias, podrías beneficiarte de deducciones autonómicas específicas. Eso sí, es fundamental cumplir con los requisitos de renta, conservar las facturas y presentar los justificantes de pago adecuados.
Los gastos deben haberse abonado mediante medios de pago rastreables, tales como tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Además, es obligatorio disponer de la correspondiente factura que justifique el concepto deducido.
¿Dónde incluir los gastos del dentista en la declaración de la renta?
Las facturas de dentistas y otros similares se consignan en el mismo lugar: las deducciones autonómicas de la declaración de la Renta 2024 (a presentar en 2025). En este artículo vamos a hablar de las deducciones de gastos médicos, que se aplican solamente en las comunidades de Canarias, Cantabria y Comunidad Valenciana. Y recuerda, se practican solo en la parte autonómica de la cuota.
El 12% por de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el año por la prestación de servicios realizada por profesionales médicos o sanitarios, excepto farmacéuticos, con motivo de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez.
El importe total de la deducción tendrá como límite 500 euros en tributación individual y 700 euros en tributación conjunta.
La deducción solo la puede aplicar la persona que satisfaga los gastos (a priori se entiende que el gasto lo ha satisfecho el titular de la factura, pero se admite prueba en caso contrario) que será quien pueda aplicar la deducción por la totalidad de las cantidades satisfechas por él.
El límite de deducción se establecerá por contribuyente y los desembolsos podrán ir destinados al tratamiento del contribuyente, su cónyuge, y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.
Además, la Comunidad Valenciana incluye una deducción por las cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables en la casilla 1960.

Tabla Resumen de Deducciones Autonómicas
| Comunidad Autónoma | Deducción | Límite Individual | Límite Conjunta | Requisitos Adicionales |
|---|---|---|---|---|
| Canarias | 12% de gastos médicos y dentales | 500€ (150€ si la base imponible supera los 45.500€) | 700€ (150€ por contribuyente si la base imponible supera los 60.500€) | Factura obligatoria. Límites de base imponible. |
| Cantabria | 10% de honorarios por servicios sanitarios y dentales | 500€ | 700€ | Base liquidable inferior a 22.946€ (individual) o 31.485€ (conjunta). |
| Comunidad Valenciana | Deducciones por tratamientos de salud no estéticos, enfermedades crónicas, etc. | Variable (ajustado según Base Liquidable) | Variable (ajustado según Base Liquidable) | Base liquidable inferior a 32.000€ (individual) o 48.000€ (conjunta). |