PADIEX: Acceso a Asistencia Dental Gratuita en Extremadura para Niños

En lo que a salud bucodental se refiere, más vale prevenir que curar. Para prevenir, no hay nada como tener unos correctos hábitos bucodentales desde que somos niños, entre los que se incluyen visitas regulares al dentista. El programa PADIEX (Plan de Asistencia Dental Infantil en Extremadura) es un programa impulsado por el servicio de salud extremeño que permite la asistencia dental infantil de los niños que se encuentren entre los 6 y 15 años de forma gratuita.

Imagen ilustrativa de un niño en una consulta dental.

¿Qué es PADIEX?

PADIEX es el programa dental de la Junta de Extremadura. La Junta de Extremadura lanzó en 2005, a través del decreto 195/2004 del DOE, este programa dental que fomenta la prevención en la higiene dental infantil. Ese es el objetivo principal del PADIEX: lograr una buena salud bucodental en los niños.

Es un programa en el que están incluidos todos los niños desde el año en que cumplen 6 años hasta que cumplen los 15 años, ambos inclusive. Los niños pueden acceder a este programa a partir del 1 de enero del año en que cumplen 6 años y podrán disfrutar de sus ventajas hasta el 31 de diciembre del año en que cumplen 15 años.

Requisitos para acceder al PADIEX

Para poder acceder al plan PADIEX es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que el niño o niña tenga entre 6 y 15 años.
  • Residir en la comunidad de Extremadura.
  • Disponer de una tarjeta sanitaria del servicio de salud Extremeño.

¿Cómo funciona el PADIEX?

Se trata de un programa que promueve la prevención de problemas dentales en la población infantil mediante tratamientos gratuitos para niños de entre 6 y 15 años.

Los padres o tutores del niño pueden elegir el dentista que desean para su hijo, siempre que esté habilitado para trabajar con este plan. Se debe solicitar la cita y acudir con la tarjeta SES del menor. Una vez que se inicie el seguimiento, este dentista pasará a ser su dentista de cabecera durante ese año, renovándose automáticamente el 31 de diciembre, salvo que se desee cambiar de dentista.

¿Qué tratamientos incluye PADIEX?

Si tu hijo tiene una edad comprendida entre los 6 y los 15 años, los servicios que incluye el PADIEX son los siguientes:

  • Revisión del estado en que se encuentra la boca de tu hijo (al menos una vez al año).
  • Recomendaciones higiénico-dietéticas para prevenir las enfermedades orales.
  • Procedimientos preventivos como selladores de fisuras o fluoración preventiva.
  • Tratamiento de caries, empastes y tratamientos en su dentición definitiva.
  • Limpiezas y mantenimiento de dentición permanente.
  • Extracción de piezas temporales y permanentes.
  • Tratamientos para niños con anomalías craneofaciales y de la cavidad oral con alteraciones dentales.
  • Tratamientos pulpares como endodoncia, apicoformación o recubrimiento pulpar directo en piezas permanentes.
  • Urgencias bucodentales.
  • Ortodoncia para maloclusiones severas previa autorización.

Tras la modificación del Decreto 195/2004 también se incluye en el PADIEX los tratamientos de ortodoncia para maloclusiones severas tras intervención por fisura palatina, labio leporino, u otra malformación craneofacial congénita. Es necesario contar con autorización expresa del Servicio Extremeño de Salud.

Ejemplo de tratamientos que cubre el programa PADIEX.

¿Qué tratamientos no incluye el PADIEX?

El PADIEX no incluye los siguientes tratamientos:

  • Tratamientos de la dentición temporal que sean reparadores.
  • Tratamientos de ortodoncia que no sean el caso comentado.
  • Tratamientos del grupo inciso-canino por agenesia o tratamientos de este grupo cuando haya terceros obligados al pago.
  • Prótesis.

Coste de los servicios PADIEX

Estas sesiones de tratamientos y revisión del estado de la salud bucodental van a cargo del SES y son servicios gratuitos para las familias, garantizando así el acceso a una asistencia dental de calidad a todos los niños extremeños de edades comprendidas entre los 6 y 15 años.

Nuevo Plan de Salud Bucodental 2025-2027

Ir al dentista era un lujo inalcanzable para alguna personas en España. Sin embargo, gracias al nuevo Plan de Salud Bucodental 2025-2027, aprobado por el Ministerio de Sanidad, la Seguridad Social cubrirá de forma gratuita numerosos tratamientos odontológicos para colectivos vulnerables y personas con bajos ingresos.

Plan de salud bucodental para los jóvenes

Con esta iniciativa, el Estado no solo busca cuidar la salud dental de sus ciudadanos, sino también romper las barreras económicas que impedían a miles de personas acceder a tratamientos esenciales. Desde limpiezas hasta empastes, el nuevo programa pretende garantizar que una sonrisa sana sea un derecho y no un privilegio.

La salud de la boca va mucho más allá de la estética. Una boca sana es esencial para prevenir enfermedades graves, como problemas cardiovasculares, diabetes o infecciones respiratorias. Además, los dientes y encías desempeñan un papel fundamental en nuestra alimentación, comunicación y bienestar general.

El programa incluirá tratamientos que hasta ahora representaban un gasto considerable para muchas familias. Entre los servicios que se cubrirán destacan:

  • Revisión bucodental anual: Para detectar problemas de forma temprana.
  • Limpiezas dentales y eliminación de placa bacteriana: Clave para prevenir enfermedades periodontales.
  • Empastes para caries: Tratamientos restauradores básicos.
  • Extracción de piezas dañadas: Para evitar infecciones o complicaciones mayores.
  • Tratamiento de gingivitis y periodontitis: Imprescindibles para mantener la salud de las encías.

¿Quiénes tendrán dentista gratis?

Los beneficiarios prioritarios de este nuevo plan serán los menores de 14 años, mujeres embarazadas, personas con discapacidad reconocida y pacientes oncológicos en tratamiento de cabeza y cuello. Además, adultos con rentas bajas que no superen un umbral determinado (similar al Salario Mínimo Interprofesional) también podrán acceder a estas prestaciones.

Para ser elegible, será obligatorio estar empadronado en España y tener la tarjeta sanitaria pública en vigor. Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Residencia en España: es imprescindible estar empadronado en cualquier municipio del territorio nacional.
  • Tarjeta sanitaria en vigor: este documento permitirá identificar a los beneficiarios y gestionar las prestaciones del programa.
  • Ingresos limitados: los adultos fuera de los colectivos prioritarios podrán acceder a la ayuda siempre que sus ingresos se encuentren por debajo de un umbral específico establecido por la administración.

¿Cómo acceder a estos servicios gratis?

La forma de acceder a estos servicios será sencilla: bastará con acudir al centro de salud de Atención Primaria, solicitar una cita con el especialista odontólogo y presentar la documentación que acredite la pertenencia a alguno de los grupos beneficiarios. En el caso de adultos con rentas bajas, será necesario aportar justificantes de ingresos. El odontólogo valorará el caso, determinará las necesidades y derivará, si procede, al servicio de Odontología correspondiente.

Tratamientos que seguirán siendo de pago

No obstante, algunos tratamientos seguirán quedando fuera de esta cobertura. Se excluyen, por ejemplo, los tratamientos con fines estéticos (como el blanqueamiento dental), las ortodoncias en adultos salvo indicación médica, los implantes y las prótesis fuera de la prestación ortoprotésica autorizada.

Beneficios de mantener una buena salud bucodental.

Legislación relacionada

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, encomendando a los poderes públicos la organización y tutela de la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que representa la respuesta normativa básica al mandato constitucional sobre protección de la salud, destaca el protagonismo y la suficiencia de las Comunidades Autónomas para diseñar y ejecutar una política propia en materia sanitaria.

Así, como principios generales del sistema de salud, contempla que el acceso y las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva, y que la política de salud estará orientada a la supresión de los desequilibrios territoriales y sociales. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 12 denominado 'Prestación de atención primaria', determina que ésta comprenderá actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social, especificando en su apartado 2.i) que la atención primaria comprenderá la atención a la salud bucodental.

El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, tiene como objetivo garantizar la equidad y la accesibilidad a una adecuada atención sanitaria en el Sistema Nacional de Salud. En el apartado 9 del anexo II, sobre cartera de servicios comunes de atención primaria, se especifican las actividades asistenciales, diagnósticas y terapéuticas, así como aquellas de promoción de la salud, educación sanitaria y preventivas dirigidas a la atención de la salud bucodental.

En el ámbito autonómico, el Estatuto de Autonomía de Extremadura aprobado por la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, recoge como principios rectores de los poderes públicos extremeños asumir la más estricta garantía de los derechos a la salud, así como velar por la especial protección de aquellos sectores de población con especiales necesidades de cualquier tipo. La citada norma asigna a la Comunidad Autónoma de Extremadura competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de 'Sanidad y salud pública'.

La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura recoge como en su artículo 42 como actividades de asistencia sanitaria que desarrollará el Sistema Sanitario Público de Extrema- dura, entre otras, la atención bucodental y el control y mejora de la calidad de la asistencia sanitaria en todos sus niveles.

El Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil y a personas con determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 2, de 8 enero de 2005), modificado por Decreto 11/2019, de 19 de febrero, (DOE n.º 38, 25 de febrero de 2019), establece los criterios esenciales de actuación que deben regir la gestión de la prestación en materia de salud bucodental destinada a niños y niñas, así como a personas que presenten determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Dicho decreto ha venido garantizando la asistencia dental básica y los tratamientos especiales a las personas entre 6 y 15 años beneficiarias del Sistema Sanitario Público de Extremadura. El Programa de Salud Bucodental para la población infantil y para personas en determinadas situaciones clínicas contiene el conjunto de medidas preventivas y asistenciales que garantizan una asistencia sanitaria de calidad, correspondiendo al Servicio Extremeño de Salud la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de las actuaciones que se realicen en el desarrollo de dicho Programa.

El referido Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, en su artículo 11 establece que en el Programa se integrarán tanto los dentistas pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud como los dentistas del sector privado que soliciten participar, previa la suscripción del correspondiente concierto con el Servicio Extremeño de Salud.

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