¿Cómo Desgravar los Gastos del Dentista en Castilla y León? Requisitos y Deducciones

Con la apertura del plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2024, muchos contribuyentes buscan fórmulas para reducir su carga fiscal. Una de las dudas más recurrentes en esta época gira en torno a los gastos sanitarios, especialmente los vinculados a la salud bucodental.

La salud bucal tiene mucha importancia sobre el resto de la salud en general. Una infección que empieza en la boca, por ejemplo provocada por una caries, puede acabar afectando al resto del organismo si no se trata bien y a tiempo. Pero, ¿qué ocurre con el gasto que realizamos en las visitas al dentista con respecto a la declaración del Renta, se puede deducir?

Las visitas al dentista suelen implicar un gasto elevado y frecuente, lo que lleva a numerosas personas a preguntarse si estos desembolsos pueden deducirse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En este artículo, exploraremos si los gastos de dentista son deducibles en Castilla y León, qué dice la ley al respecto, y cómo los autónomos y asalariados pueden abordar esta cuestión.

¿Qué Dice la Ley Sobre la Deducción de los Gastos del Dentista?

La regla general establecida en la normativa sobre Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, y el criterio en vigor de la Agencia Tributaria, es que los gastos derivados de seguros médicos privados, facturas del dentista, del psicólogo, u otros especialistas como el logopeda, no se pueden deducir de la declaración de la Renta.

En principio, estos gastos no van a ser deducibles en el tramo estatal del IRPF. En caso de existir deducciones establecidas por las comunidades autónomas relacionadas con esta materia, solo se pueden aplicar respecto al tramo autonómico. Es decir, que los gastos de dentista son deducibles únicamente en unas pocas ocasiones, y no en todo el territorio.

Renta 2022 - Cómo añadir deducciones autonómicas

¿Los Gastos del Dentista Son Deducibles?

Como acabamos de señalar, en principio, estos gastos no van a ser deducibles en el tramo estatal del IRPF. En caso de existir deducciones establecidas por las comunidades autónomas relacionadas con esta materia, solo se pueden aplicar respecto al tramo autonómico.

Es decir, que los gastos de dentista son deducibles únicamente en unas pocas ocasiones, y no en todo el territorio.

¿Los Autónomos Pueden Deducir los Gastos del Dentista?

El gasto en endodoncias, limpiezas bucales, ortodoncias, etc., no se considera afecto de manera indisoluble a la actividad económica. Por tanto, no es deducible.

En el caso de un actor dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que es un profesional que vive de su imagen, podría existir más duda con respecto a esto. Porque su imagen sí influye directamente en que pueda obtener más o menos trabajo.

Sin embargo, el criterio de Hacienda continúa siendo que estos gastos no son desgravables porque, si aceptara esto, también tendría que aceptar otros como tratamientos de belleza, consultas con nutricionistas, etc.

¿Los Asalariados Pueden Deducir los Gastos del Dentista?

De nuevo nos remitimos a la norma general, que nos dice que estos gastos no son deducibles. Por tanto, un asalariado no puede, en principio, descontar en su declaración de la Renta el dinero que ha gastado en tratamientos dentales.

Solo puede practicar estas desgravaciones si han sido aprobadas por su comunidad autónoma de residencia, y cumple los requisitos personales y de renta exigidos para acceder a ellas.

Casos Especiales en la Deducción de los Gastos del Dentista

La normativa estatal del IRPF no contempla, con carácter general, una deducción por tratamientos odontológicos. No obstante, algunas comunidades autónomas han aprobado beneficios fiscales específicos que permiten incluir este tipo de gastos en la declaración, siempre que se cumplan determinados requisitos económicos y personales.

Estas deducciones autonómicas se aplican sobre la parte de la cuota íntegra que corresponde a la comunidad, y deben cumplimentarse en los apartados específicos del modelo de la renta para que surtan efecto.

A día de hoy, solo tres comunidades autónomas -Cantabria, Canarias y Comunitat Valenciana- han desarrollado deducciones concretas que abarcan los gastos del dentista.

Algunas comunidades autónomas sí aceptan que los gastos de dentista son deducibles como gastos relacionados con el cuidado de la salud, y son las siguientes:

Canarias

Permite deducir hasta el 12% de los gastos abonados para la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y de salud dental. Hasta un máximo de 600 euros en tributación individual, 700 euros si se trata de una persona con discapacidad igual o superior al 65%. En tributación conjunta el límite es de 840 euros al año, que ascienden a 940 euros si el contribuyente tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

Siempre y cuando la base imponible general y la base imponible del ahorro no superen los 42.900 euros tributación conjunta y los 57.200 euros en tributación conjunta.

La normativa fiscal canaria contempla una deducción del 12% por los gastos y honorarios profesionales abonados por servicios prestados por profesionales médicos o sanitarios, excepto farmacéuticos. Esta deducción cubre la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, incluyendo expresamente la salud dental. Esta deducción puede aplicarse a gastos propios o de personas incluidas en el mínimo familiar.

Para quienes tengan una suma de base imponible general y del ahorro igual o inferior a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 en conjunta, el límite anual de deducción será de 500 euros o 700 euros, respectivamente. Cuando las bases imponibles superen esos umbrales, el límite de deducción se reduce a 150 euros por contribuyente.

Solo podrán aplicar la deducción quienes sean titulares de las facturas y realicen el pago. Para aplicar la deducción es obligatorio declarar el número de identificación fiscal del prestador del servicio y el importe anual abonado.

Cantabria

Esta comunidad autónoma permite deducir el 10% de los honorarios abonados a profesionales por servicios sanitarios y de salud dental. Hasta un máximo de 500 euros en tributación individual y 700 en conjunta. Siempre y cuando la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supere los 22.946 euros en tributación individual o los 31.485 euros en tributación conjunta.

Las personas residentes en Cantabria pueden beneficiarse de una deducción autonómica del 10% sobre los importes satisfechos en 2024 por servicios sanitarios relacionados con enfermedades, tratamientos de salud bucodental, asistencia durante el embarazo, partos, accidentes o invalidez. El límite general de la deducción es de 500 euros en declaraciones individuales y de 700 euros en conjuntas. Estas cantidades pueden incrementarse en 100 euros cuando el contribuyente tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Para poder aplicar esta ventaja fiscal, la base liquidable del ejercicio -una vez restado el mínimo personal y familiar- debe ser inferior a 22.946 euros en declaraciones individuales o a 31.485 euros en caso de optar por la modalidad conjunta.

En Cantabria, también se reconoce una deducción por gastos sanitarios, entre ellos los relacionados con tratamientos dentales, aplicable tanto al contribuyente como a los miembros del mínimo familiar, "siempre y cuando estos honorarios no estén cubiertos por la Seguridad Social o en su caso por la Mutua o entidad aseguradora correspondiente del contribuyente".

El porcentaje deducible es del 10% del importe satisfecho durante el ejercicio 2024. El límite de esta deducción es de 500 euros para declaraciones individuales y 700 euros para conjuntas.

Para acceder a esta deducción, la suma de la base liquidable general y del ahorro -casillas [0500] y [0510] de la declaración- minorada por el mínimo personal y familiar (casilla [0520]), no debe superar los 22.946 euros en tributación individual ni los 31.485 euros en tributación conjunta.

Esta deducción abarca también los gastos derivados por motivo de enfermedad, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez.

Comunitat Valenciana

En la Comunitat Valenciana, los contribuyentes pueden beneficiarse de varias deducciones relacionadas con gastos sanitarios, incluidas aquellas relacionadas con la salud bucodental. La deducción es aplicable a tratamientos de salud no estéticos, tales como ortodoncias, prótesis dentales y otros cuidados odontológicos.

Además de los gastos dentales, la legislación valenciana contempla deducciones para otros tipos de atención médica. Entre ellos se incluyen los tratamientos y cuidados de personas afectadas por enfermedades crónicas de alta complejidad o raras, personas diagnosticadas con daño cerebral adquirido o Alzheimer, y aquellos gastos derivados de la atención a personas con trastornos de salud mental.

Para poder acceder a estas deducciones, la base liquidable general y del ahorro del contribuyente no debe superar los 32.000 euros en tributación individual o los 48.000 euros en tributación conjunta. No obstante, si la base liquidable supera los 29.000 euros en declaración individual o los 45.000 euros en conjunta, los límites de deducción se ajustarán aplicando un porcentaje calculado en función de la diferencia entre la base liquidable y los umbrales establecidos.

Estas deducciones son compatibles entre sí y se aplican sobre los mismos gastos, siempre y cuando se cumplan los requisitos de facturación y pago mediante medios como tarjeta de crédito, transferencia bancaria o cheque nominativo.

La normativa de ambas comunidades exige que los gastos estén debidamente justificados con factura y que se hayan abonado por medios que permitan su trazabilidad: tarjeta bancaria, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. No se admiten pagos en efectivo para aplicar esta deducción.

Deducciones en Castilla y León

En Castilla y León, tienes la posibilidad de aplicar una deducción por nacimiento o adopción de hijos en 2021. Esta deducción te permite obtener un beneficio de 505€ por el primer hijo, 737,5€ por el segundo hijo y 1175,5€ por el tercer hijo o sucesivos.

Si se tienen cuatro hijos, la deducción pasa a 1.500€. En el caso de tener cinco, pasa a 2.500€. Si un hijo/a tiene un grado de discapacidad del 65% o superior, se incrementa en 600€.

Por disfrute del periodo de suspensión del contrato de trabajo o de interrupción de la actividad por paternidad o del permiso de paternidad, el contribuyente podrá deducir como máximo 750€.

Es crucial recordar que la normativa no es igual en todo el territorio español, por lo que conviene consultar las condiciones específicas de cada región.

¿Dónde Van en la Declaración de la Renta los Gastos del Dentista?

Los factura de dentistas y otros similares se consignan en el mismo lugar: las deducciones autonómicas de la declaración de la Renta 2024 (a presentar en 2025). En este artículo vamos a hablar de las deducciones de gastos médicos, que se aplican solamente en las comunidades de Canarias, Cantabria y Comunidad Valenciana. Y recuerda, se practican solo en la parte autonómica de la cuota.

El 12% por de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el año por la prestación de servicios realizada por profesionales médicos o sanitarios, excepto farmacéuticos, con motivo de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez.

El importe total de la deducción tendrá como límite 500 euros en tributación individual y 700 euros en tributación conjunta.

La deducción solo la puede aplicar la persona que satisfaga los gastos (a priori se entiende que el gasto lo ha satisfecho el titular de la factura, pero se admite prueba en caso contrario) que será quien pueda aplicar la deducción por la totalidad de las cantidades satisfechas por él.

La deducción autonómica por gastos de enfermedad lleva varios años aplicándose. El límite es de 500 euros para tributación individual y 700 para declaración conjunta. Ambos conceptos serán compatibles entre sí.

El límite de deducción se establecerá por contribuyente y los desembolsos podrán ir destinados al tratamiento del contribuyente, su cónyuge, y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.

Además, la Comunidad Valenciana incluye una deducción por las cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables en la casilla 1960.

Consideraciones Finales

Los contribuyentes que hayan pagado tratamientos de salud dental en 2024 pueden deducirlos en la declaración de la renta de 2025, siempre que residan en una comunidad que contemple este tipo de deducción autonómica.

Las deducciones fiscales por gastos médicos, entre ellos los odontológicos, pueden marcar la diferencia a la hora de determinar cuánto se paga a Hacienda. Aunque la normativa estatal no incluye estos gastos como deducibles en general, existen territorios que sí permiten aplicar bonificaciones en la parte autonómica del impuesto sobre la renta.

Para poder aplicarlas correctamente, es imprescindible reunir toda la documentación que justifique los gastos realizados y el medio de pago utilizado.

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