Una pregunta frecuente en el ámbito de la salud bucodental es si los dentistas en España tienen la facultad de recetar medicamentos, especialmente aquellos considerados como controlados. Para entender este aspecto, es crucial analizar la legislación vigente y las normativas que rigen la prescripción médica en el país.
De hecho, según el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, “se prohíbe la venta, por correspondencia y por procedimientos telemáticos, de medicamentos y productos sanitarios sujetos a prescripción”.
Muchas veces el odontólogo se pregunta qué puede recetar en el ejercicio de su labor asistencial. Incluso podemos llegar a dudar si se puede recetar un simple antibiótico. La duda surge sobre todo cuando leemos lo que pone en la legislación que afecta al dentista: la Ley 10/1986 y el RD 1594/1994. En ninguna de estas normas aparece una lista o algo similar que pueda arrojar esa información, indicándose únicamente que «los Odontólogos podrán prescribir los medicamentos, prótesis y productos sanitarios correspondientes al ámbito de su ejercicio profesional» (art. 1.3 Ley 10/1986).
Entonces ¿qué puede recetar un dentista? Así, podriamos decir, el dentista es capaz de recetar todo lo que corresponde a su ejercicio, incluyendo antibióticos, antiinflamatorios que precisen de receta médica e, incluso, fármacos con efecto psicotrópico (siempre que se asocie a un tratamiento dental o, incluso, al estado de ansiedad que puede sufrir un paciente por ir al dentista).

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La Receta Médica: Validez y Legalidad
La validez y legalidad de una receta médica, tanto privada como pública, dependen de la información que contiene. El Real Decreto 1718/2010 establece pautas claras sobre los datos esenciales que deben figurar en las recetas médicas, garantizando su correcta interpretación y validación en las farmacias. La inclusión detallada de esta información no solo asegura la validez de la receta en las farmacias, sino que también proporciona a los profesionales de la salud los datos necesarios para garantizar la seguridad y el bienestar del paciente. Esta prescripción incluye información detallada sobre la dosis, la frecuencia de administración y cualquier otra instrucción relevante para el tratamiento.
Las farmacias verifican la validez de la receta (datos, firma, caducidad), dispensan el medicamento y retienen la receta original (o su registro electrónico) para fines de control y trazabilidad. Después de este período, no se pueden solicitar ni dispensar medicamentos ni productos sanitarios con esa receta, a menos que se trate de medicamentos o productos sanitarios sujetos a un visado, cuyo plazo de validez se cuenta a partir de la fecha del visado.
Receta Electrónica Privada
Para poder prescribir la receta electrónica privada, el médico debe utilizar el sistema de receta médica electrónica a través de un dispositivo integrado en el sistema, el cual debe ser autentificado para garantizar la seguridad de las comunicaciones.
Recetas Privadas vs. Seguridad Social
Es importante destacar que las recetas privadas tienen la misma validez que las de la seguridad social. Esto significa que cualquier paciente, sea de un entorno público o privado, puede adquirir el medicamento prescrito en una farmacia. Sin embargo, existen diferencias económicas significativas.
La principal diferencia económica entre una receta privada y una de la Seguridad Social radica en la financiación. Las recetas emitidas por la Sanidad Pública suelen estar sujetas a bonificaciones que reducen significativamente su precio final para el paciente. Las recetas emitidas por la Seguridad Social suelen estar sujetas a bonificaciones significativas que reducen considerablemente su precio, mientras que las recetas médicas privadas no ofrecen tales descuentos. Es decir, cuando acudes a una farmacia con una receta privada debes abonar el 100% del precio del medicamento. Los seguros de salud privados pueden ofrecer coberturas de reembolso de farmacia que permiten recuperar parte del gasto en medicamentos con receta privada.
Sí, el médico de la Seguridad Social no está obligado a transcribir la misma receta. Debe realizar su propia evaluación del paciente y, basándose en su criterio profesional, prescribir el tratamiento que considere más adecuado.
Recetas Médicas Online
En muchos lugares es posible solicitar recetas médicas online. Este servicio suele estar disponible a través de los servicios de telemedicina o portales web de consultorios médicos. Estas recetas electrónicas suelen ser válidas para obtener medicamentos en farmacias físicas o en línea, según las regulaciones locales. Sin embargo, las políticas y disponibilidad de este servicio pueden variar según el país y la jurisdicción.

Riesgos de Productos Sanitarios Adquiridos por Internet
El Consejo General de Dentistas de España advierte a los ciudadanos de los peligros de adquirir determinados productos sanitarios por internet. El riesgo de estos productos se ve incrementado cuando influencers con miles de seguidores los promocionan en las redes sociales, induciendo a su consumo sin ningún tipo de control ni de conocimiento sanitario.
En este sentido, el Dr. Óscar Castro Reino, presidente del Consejo General de Dentistas, asegura que el carbón activado no blanquea los dientes ni elimina las manchas, por lo que las afirmaciones que lo describen como un producto milagro, son falsas y, por tanto, se trata de publicidad engañosa. “La principal característica del carbón activado es su capacidad abrasiva, es como pasar una lija por los dientes. Desgasta el esmalte y, como consecuencia, queda a la vista la dentina (más amarilla que el propio esmalte), aumenta la sensibilidad dental y puede dañar las encías”, declara el Dr.
En cuanto al blanqueamiento dental, explica que se trata de un proceso sanitario que debe ser realizado por un dentista o bajo su supervisión, puesto que previamente hay que descartar cualquier patología bucodental del paciente. Las moléculas más utilizadas por los laboratorios para este tratamiento son el peróxido de hidrógeno (en concentraciones entre el 0,1 y el 12%) y el peróxido de carbamida (entre el 16 y 32%).
Una concentración ≤0,1% de peróxido de hidrógeno, presente en los productos bucales o liberada de otros compuestos o mezclas en esos productos se considera segura. Pero sus efectos son mínimos, en ocasiones, ni siquiera apreciables. De nuevo, en muchos casos, podría tratarse de publicidad engañosa”, apunta el Dr. En concentraciones superiores al 6%, ya no se consideran productos cosméticos sino “Productos de Cuidado Personal”. Por ello, el Dr. Castro insiste en que determinados productos relacionados con la salud deben estar prescritos y controlados por un facultativo.
“En el caso de blanqueamientos y ortodoncias, el odontólogo es el único profesional cualificado para indicar y realizar estos tratamientos de forma personalizada tras realizar un diagnóstico previo y un estudio exhaustivo del paciente, pues cada caso es diferente”, aclara.
Uso Indebido de Hialuronidasa
Con el aumento del uso de implantes de relleno a base de ácido hialurónico, la hialuronidasa se ha consolidado como una herramienta clave para corregir posibles complicaciones. Sin embargo, no todos los productos que contienen este ingrediente están autorizados para su uso por vía inyectable. Los productos cosméticos con hialuronidasa solo están autorizados para su aplicación tópica.
El uso de estos productos por vía inyectable o mediante técnicas como la mesoterapia supone una infracción de la legislación sobre cosméticos y representa un riesgo grave para la salud. Para evitar confusiones, el etiquetado de estos productos debería incluir claramente la advertencia “Uso tópico. Actualmente, en España no hay ningún medicamento con hialuronidasa autorizado y registrado.
El uso indebido de la hialuronidasa -como su administración por vía inyectable si no se trata de un medicamento- puede acarrear consecuencias legales y graves riesgos para la salud de los pacientes.
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