Este artículo detalla los servicios de salud y prestaciones ofrecidas a través de MUFACE, con especial atención a la asistencia sanitaria, programas preventivos, y otros servicios esenciales.

Asistencia Sanitaria Integral
Para hacer efectiva la prestación sanitaria, la Entidad pondrá a disposición del colectivo protegido todos los medios propios o concertados precisos de conformidad con lo que se establece en el capítulo 3 de este Concierto. Asimismo, la Entidad se obliga a la cobertura de la asistencia sanitaria transfronteriza de su colectivo protegido, conforme al Real Decreto 81/2014.
Cambios de Entidad y Adscripción
Las personas titulares afiliadas a MUFACE podrán cambiar, durante el mes de mayo de 2025, y por una sola vez, la Entidad por la que desean recibir asistencia sanitaria, entre las que constan en el apartado segundo de esta resolución u optar por el Sistema Sanitario público mediante su adscripción al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este derecho podrá ejercitarse una sola vez en cada periodo de cambio ordinario.
Existen situaciones especiales para el cambio de entidad:
- Cuando se produzca un cambio de domicilio, con cambio de provincia o isla de residencia del titular, y éste sea mutualista jubilado o beneficiario que tenga esta condición.
- Cuando el mutualista obtenga la conformidad expresada por escrito de las dos entidades afectadas.
Comunicación y Tarjeta Sanitaria
MUFACE comunicará diariamente a la Entidad las altas, bajas y variaciones en los datos de los beneficiarios adscritos a la misma. La comunicación se realizará de forma telemática. En la tarjeta deberá figurar de forma destacada el teléfono 900…/800… de atención de urgencia gratuito de la Entidad.
En caso de que un titular hubiera optado por quedar adscrito a la Entidad y no hubiera recibido la tarjeta provisional o la identificación que haga posible la utilización de los medios concertados habiéndolo solicitado expresamente, el responsable del Servicio Provincial de MUFACE correspondiente emitirá un certificado.
Publicidad de Servicios
La Entidad podrá hacer publicidad sobre su oferta de servicios a lo largo de la vigencia del Concierto, siempre que dicha publicidad no se realice dentro de recintos de instituciones u organismos de carácter público.
Cartera de Servicios y Prestaciones
Las prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios se garantizan mediante la provisión de recursos asistenciales necesarios por niveles y ámbitos geográficos y de población establecidos en el capítulo 3 de este Concierto y en el anexo 3.
Atención a la Salud Mental
Comprende el diagnóstico y seguimiento clínico de los trastornos mentales, incluido el tratamiento farmacológico y la psicoterapia individual, de grupo o familiar. Se incluye la psicoterapia individual, de grupo o familiar, siempre que haya sido prescrita y justificada con informe médico por psiquiatra de la Entidad (u oncólogo, en el caso que proceda), y realizada en medios concertados.
Tratamientos de Reproducción Asistida
Los tratamientos de reproducción asistida tienen la finalidad de ayudar a lograr la gestación en aquellas personas con imposibilidad de conseguirlo de forma natural, no susceptibles de tratamientos exclusivamente farmacológicos, o tras el fracaso de los mismos.
Condiciones para acceder a estos tratamientos:
- La persona con capacidad de gestar debe ser mayor de dieciocho años y menor de cuarenta años.
- No padecer ningún tipo de patología en la que el embarazo pueda entrañarle un grave e incontrolable riesgo.
- No tener ningún hijo, previo y sano.
Además, se cubren los gastos derivados de las actuaciones y medicamentos que requieran las donantes en técnicas de reproducción humana asistida con donación de gametos y preembriones.
También se incluye la criopreservación y mantenimiento de gametos y del tejido ovárico para uso propio diferido en beneficiarios con posible riesgo de pérdida de su capacidad reproductiva asociada a tratamientos gametotóxicos o a procesos patológicos con riesgo acreditado de fallo ovárico prematuro o riesgo acreditado de fallo testicular primario.
Serán a cargo de la Entidad la crioconservación y mantenimiento de los preembriones sobrantes de ciclos FIV autorizados hasta el día anterior en que la persona con capacidad de gestar cumpla cincuenta años de edad.
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Asistencia Urgente
Es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata. Se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente y la atención in situ, durante las veinticuatro horas del día todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la colaboración de otros profesionales.

La asistencia urgente hospitalaria estará disponible de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo 3.
Programas Preventivos
La Entidad dispondrá de los medios necesarios para llevar a efecto los programas preventivos incluidos en la Cartera de Servicios, garantizando la información adecuada a los beneficiarios, así como el calendario, direcciones y horarios de los centros donde se llevarán a cabo las vacunaciones y los programas de prevención.
Ejemplos de programas preventivos:
- Cáncer de cuello de útero (cérvix).
- Programa poblacional de cribado neonatal de hipoacusia: realización en el periodo neonatal de una prueba de cribado con otoemisiones acústicas automatizadas (OEA) y/o potenciales evocados auditivos de tronco cerebral automatizados (PEATC-A).
- Programa poblacional de cribado neonatal de cardiopatías congénitas críticas: realización en el periodo neonatal de una pulsioximetría.
Cuidados Paliativos
Comprende la atención integral, individualizada y continuada, de personas con enfermedad en situación avanzada no susceptible de recibir tratamientos con finalidad curativa y con una esperanza de vida limitada, así como de las personas a ellas vinculadas.
Para la atención en cuidados paliativos la Entidad contará con un modelo organizativo explícito de acuerdo a las exigencias de medios recogidas en el anexo 3 y a lo establecido en el Plan en Cuidados Paliativos de la misma.
Rehabilitación
Incluye la rehabilitación de las afecciones del sistema musculoesquelético, del sistema nervioso, del sistema cardiovascular y del sistema respiratorio, a través de fisioterapia, adaptación de métodos técnicos (ortoprótesis), terapia ocupacional, y logopedia que tenga relación directa con procesos patológicos de los que ya vengan siendo tratados por estar incluidos en la Cartera de Servicios. Asimismo, también se incluyen los Servicios de Rehabilitación hospitalaria en los términos establecidos en el punto 3.11.3 del anexo 3.
El número de sesiones está supeditado al criterio facultativo y a la situación del paciente. La obligación de la Entidad terminará cuando se haya conseguido la recuperación funcional totalmente, o el máximo posible de ésta por haber entrado el proceso en un estado de estabilización insuperable.
Salud Bucodental
También incluye el programa de salud bucodental dirigido a los niños menores de quince años, consistente en revisiones periódicas, aplicación de sustancias remineralizantes, sellados de fosas y fisuras y tartrectomía. En las piezas permanentes se incluyen obturaciones en lesiones que no asocien daño pulpar irreversible producidas por caries, traumatismo o por cualquier enfermedad que afecte a la estructura del diente.
Se incluyen a cargo de la Entidad las prótesis de maxilar superior e inferior tanto implantosoportadas como las no implantosoportadas, para pacientes con malformaciones congénitas que cursan con anodoncia, grandes traumatismos y para pacientes con procesos oncológicos que afectan a la cavidad oral que impliquen la pérdida de dientes relacionada directamente con la patología o su tratamiento.
Cuando mediara accidente en acto de servicio o enfermedad profesional serán a cargo de la Entidad todos los tratamientos y actuaciones, incluidas las prótesis dentarias, la ortodoncia y los implantes osteointegrados, así como su colocación.
Prestación Farmacéutica y Productos Dietéticos
En el caso de pacientes tratados en el ámbito no hospitalario, la Cartera de Servicios a facilitar por la Entidad comprende la indicación y prescripción de los medicamentos y productos incluidos en la prestación farmacéutica y con productos dietéticos del SNS.
La Entidad adoptará todas las medidas necesarias para impulsar, y hacer efectiva la implantación del Sistema de Receta Electrónica propio de la Mutualidad en el ámbito del Concierto, incluyendo la integración de sus sistemas de prescripción con aquellos de gestión y prescripción de los grupos hospitalarios y proveedores que presten los servicios concertados.
Transitoriamente, para las prescripciones manuales en formato papel, exigirá a sus facultativos que, en la cumplimentación de dichas recetas, mediante un sello que permita su legibilidad, figuren sus datos mínimos obligatorios: nombre y dos apellidos, número de colegiado y provincia donde ejerza.
Asimismo, como norma general, la Entidad garantizará que la dispensación hospitalaria para pacientes ambulatorios se realice en el mismo hospital en que se ha prescrito el medicamento, excepto cuando se produzcan supuestos excepcionales que puedan autorizarse por MUFACE, en cuyo caso, la Entidad establecerá el procedimiento necesario para garantizar el correcto y seguro acceso a la medicación por parte del beneficiario.
El suministro de los medicamentos hasta el lugar de destino, así como el seguimiento farmacoterapéutico será responsabilidad del servicio de farmacia dispensador.
Medicamentos para tratamientos ambulatorios de ámbito hospitalario a cargo de la Entidad:
- Los medicamentos no comercializados en España, estén o no comercializados en otros países, cuya dispensación, conforme a la normativa aplicable, deba realizarse a través de servicios de farmacia hospitalaria, y siempre que no se trate de ensayos clínicos.
Los tratamientos de terapias avanzadas autorizados en el Sistema Nacional de Salud serán a cargo de la Entidad.
Compensaciones Económicas por Incumplimiento
Anexo 7 incluye las compensaciones económicas por incumplimiento parcial de obligaciones definidas en el concierto.