Si te dedicas o quieres dedicarte al mundo de la higiene bucodental, seguro que alguna vez te has preguntado «¿a qué grupo de cotización pertenezco?» o «¿cuál es la diferencia entre unos grupos de cotización y otros?». Es posible que estas y otras preguntas te hayan surgido alguna vez al ver en tu nómina el número del grupo de cotización en el que te encuentras.
Por lo general, en la nómina mensual lo único que figura es la numeración del grupo. En la mayoría de los casos el profesional no es quien decide el grupo de cotización. Estos grupos se determinan en función de categorías profesionales, y a cada categoría se le asigna una cuota mensual que puede variar, en función del salario y el tipo de trabajo que se desempeña.
En este punto debemos recalcar que los grupos de cotización vienen determinados no por la titulación que tengamos, sino por el puesto de trabajo y los convenios de la empresa en la que vas a trabajar.
El grupo de cotización es otro concepto que aparece en la nómina, a veces como tal y en ocasiones como «tarifa», dependiendo de la aplicación utilizada para gestionar las nóminas en la empresa. Si en la nómina no lo localizas, siempre puedes solicitar una vida laboral, donde aparece este dato, obteniéndola inmediatamente si dispones de certificado electrónico.
Pues como puede contemplarse en el propio cuadro, pertenecer a un grupo de cotización u otro implica, por ejemplo, que la base de cotización mínima y máxima sea una u otra dentro de las reguladas.
¿Y cuántos grupos de cotización hay? En Acento hemos realizado una tabla según las actividades más recurrentes para orientar al asociado.

Grupos de Cotización:
- Grupo 1: Ingenieros y licenciados. Dicho grupo de cotización engloba a todos aquellos profesionales que trabajan en un puesto para el cual necesitan una titulación, la cual deberán tener acreditada.
- Grupo 2: Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados. Es el caso de los técnicos de sonido, técnico de imagen, etc, siempre y cuando cuenten con la titulación pertinente.
- Grupo 3: Jefes administrativos y de taller. Toda clase de trabajadores que necesitan poseer grados y FPs, siempre y cuando se requieran dichas titulaciones para establecer el contrato laboral donde se vaya a ejercer la profesión estudiada.
- Grupo 4: Ayudantes no titulados. En este grupo se engloban diferentes profesiones no oficiales o que no suponen estudios superiores, incluso ayudantes sin titulación. Es el caso de monitores, entrenadores, animadores, peluqueros, etc.
- Grupo 5: Oficiales administrativos. En este grupo pueden entrar también artistas, fotógrafos y profesionales del sector audiovisual, según la Seguridad Social.
- Grupo 6: Subalternos. Aquí se encuentran los trabajadores del sector de la hostelería como camareros, cocineros o sumilleres; los del sector turismo, como por ejemplo los guías culturales…
- Grupo 7: Auxiliares administrativos. A este grupo pertenecen los empleados del ámbito de las reformas, albañilería, personal de mantenimiento y limpieza, transporte, terapias alternativas y cuidadores.
- Grupo 8: Oficiales de 1ª y 2ª. A partir de este grupo, el tiempo y la cotización se calcula por horas. 27,52 € por día en la base mínima.
Debemos tener presente que a partir del grupo 4 la base de cotización es la misma para cualquier profesional. Por tanto, si debes elegir un grupo de cotización tendrás que tener presente que del grupo 4 al 11 la base máxima y mínima es la misma. Puedes escoger cualquiera siempre y cuando el contrato laboral no requiera de una titulación.
Esta tabla es una tabla orientativa según los datos de la Seguridad Social y la Cooperativa. Por ejemplo, si una persona es licenciada en derecho y trabaja en una oficina como auxiliar administrativo, su grupo es el 7. Si la misma persona trabajara como abogado, su grupo de cotización sería el 1. Todo depende del puesto de trabajo que desempeñe la persona dentro de la empresa.
También se puede dar el caso de un profesional del periodismo sin titulación oficial pero que tiene mucha experiencia y caché en su sector. Por tanto, no se encuadraría en el grupo profesional de ingenieros y licenciados, sino en el de oficiales administrativos, debido a que su formación no se corresponde con las funciones que está desempeñando en la organización.
Salario del Higienista Dental en España
Los Técnicos Superiores en Higiene Bucodental que ejercen en España tienen ante sí una profesión con un alto índice de contratación, con una tasa de empleo del 79%, según el informe FP y empleabilidad. Dentro del sector de la odontología, la profesión de higienista bucodental en una de las que más índices de empleabilidad presentan.

El título de Técnico Superior en Higiene Bucodental conlleva un sueldo atractivo. En términos generales, podemos establecer una horquilla salarial anual de entre 32.736 y 42.382 euros brutos al año.
Actualmente, no existe un convenio laboral que englobe a todos los profesionales de esta disciplina del Estado español. Es habitual que las empresas privadas marquen sus propios convenios colectivos, que suelen aplicarse y tomarse como base para la Comunidad Autónoma en la que se ejerza.
Si te dedicas o quieres dedicarte al mundo de la higiene bucodental, ten en cuenta que puedes llegar a elevar tu salario a lo largo de la vida laboral. La experiencia profesional es uno de los factores clave. El tiempo que lleves trabajado dentro del sector es muy valorado.
En ciudades como Madrid o Barcelona, el sueldo suele ser más alto, en proporción a que su nivel de vida también es más caro. Para un higienista bucodental es importante saber que, si trabajas en el sector público, tu salario irá en aumento con el paso del tiempo. Si sumas formación a tu trayectoria profesional, también aumentarás las probabilidades de que tu salario sea mayor.
Convenios Colectivos y Condiciones Laborales
En España, no existe un convenio colectivo unificado que regule las condiciones laborales y salariales de los higienistas bucodentales a nivel estatal. En su lugar, estas condiciones están determinadas por convenios colectivos específicos de cada comunidad autónoma o provincia.
Es importante tener en cuenta que cada comunidad autónoma regula estas condiciones de forma independiente. Además de la localización, otros factores como la experiencia o el ámbito laboral también influyen en el sueldo final.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, el convenio aplicable es el Convenio Colectivo del Sector de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos. Se ha publicado el convenio colectivo del Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid para 2023-2026.
Se recomienda que los dueños de clínicas dentales adviertan a sus gestorías sobre la publicación del mismo, en orden a establecer las actualizaciones en el sueldo de los empleados y la compensación del salario actualizado no percibido desde el 1 de enero de 2023, que deberá abonarse como fecha tope, el 31 de diciembre de 2023.
Puntos Importantes del Convenio Colectivo (Comunidad de Madrid, 2023-2026):
- [Art 12] Se mantiene el cómputo anual de horas trabajadas en 1680, lo cual arroja (aproximadamente) un máximo de 37,5 horas semanales.
- [Art. 12.5] Es obligatorio el registro de la jornada. En caso de exceso de horas trabajadas (no pueden ser más de 60 anuales), estas se compensarán preferiblemente con descanso, en los tres meses siguientes a su realización. El registro de horas debe custodiarse por el empresario durante 4 años y estará siempre a disposición de los trabajadores.
- [Art. 12.6] El trabajador tiene derecho a desconexión digital fuera de su jornada de trabajo, así como derecho a intimidad en caso de sistemas de videovigilancia en la clínica.
- [Art. 13] Se han modificado los permisos retribuidos, añadiéndose más días en caso de fallecimiento, un día en caso de comunión o bautizo de hijos, hermanos o nietos, un día adicional por asuntos propios y 12 horas anuales para acompañar a familiares de primer grado de consanguinidad a consultas/pruebas médicas (sanidad pública y privada). Estos permisos se inician en día laborable (siguiendo así la doctrina del Tribunal Supremo sobre estos temas). Todos estos permisos se aplican a parejas de hecho (inscritas en el registro correspondiente).
- [Art. 14] Se especifica que aquellos trabajadores que no hubieran completado un año de servicio en el centro (con el que tendrían el habitual mes de vacaciones) podrán disfrutar de los días proporcionales por mes trabajado (2,5 días/mes).
- [Art. 19] Se vuelve a incluir el complemento del 10% más del módulo correspondiente a su grupo, para puestos de responsabilidad (incluidos en el Anexo III), entre los que está el responsable sanitario del centro.
- [Art. 22] Se incluye un complemento especial del 15% del módulo correspondiente para ciertos puestos entre los que se incluye radioelectrología en gabinetes dentales. Este complemento se debería aplicar en el caso que sea el trabajador el que accione el botón de encendido del equipo de rayos X, es decir, aquellas personas que tengan el título de director u operador de radiodiagnóstico en gabinetes dentales. De lo contrario, el empleado no podría accionar el equipo (y colocar al paciente para la prueba radiográfica) y, por tanto, no sería parte de su trabajo.
- [Art. 27] Se incluyen los nuevos contratos de trabajo (y únicos aplicables en las relaciones laborales actuales) recogidos en los art. 11 a 16 del Estatuto de los trabajadores. En conveniente revisar los contratos presentes y futuros del centro para ver si se han adaptado a la nueva normativa.
- Las clínicas de menos de 30 trabajadores precisan que haya un delegado de prevención (que será el delegado de personal). Sus funciones están descritas en el artículo 36.1 y 2 de la Ley de Prevención de riesgos laborales.
- [Art. 37] Las empresas deben proporcionar un uniforme al año a los trabajadores y un par de calzado cada 6 meses. El trabajador está obligado a vestirla y a su cuidado. Igualmente, la empresa debe proporcionar los equipos de protección necesarios.
- [Art. 40] Se incluye una serie de acciones relacionadas con el medio ambiente, sin especificar el alcance de las mismas, pero relacionadas con planes de gestión de residuos, puesta en marcha de planes de ahorro. Es conveniente revisar lo que establece el Convenio para comenzar a implementarlos en el centro.
- [Anexo IV] Las tablas salariales cubren los años 2023 a 2026. El sueldo que aparece en cada grupo es bruto y por jornada completa.
En el nuevo Convenio colectivo del Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid se establece el pago de complementos a la nómina. Por ejemplo, tenemos que abonar el 15% de complemento de radiología a una higienista. Los higienistas están en el Grupo III del convenio. En la tabla "complementos" de 2024 para el grupo III (sin antigüedad) aparece 1043,44€, siendo su 15%: 156,52€. Dicha cantidad es bruta, es decir, se debe retener lo correspondiente atendiendo al tipo de contrato del trabajador, número de hijos, etc. Las cantidades establecidas como complementos en el convenio, deben aplicarse mensualmente.
VER CONVENIO
¿Cómo Aumentar tu Salario como Higienista Dental?
Si sumas formación a tu trayectoria profesional, también aumentarás las probabilidades de que tu salario sea mayor. En cualquier provincia en la que decidas emplearte sobrepasarás los 1.400 euros mensuales. En Madrid, el sueldo base mensual es de 2.782 euros.
La cuantía se corresponderá con la nómina base de cualquier otro mes, más la antigüedad y otros complementos habituales. Las dificultades del empleo o simplemente el cargo lleva asociado un plus. Un higienista puede enfrentarse a picos de trabajo que le obligan a extender la jornada.
Lo más frecuente en las consultas privadas es que existan turnos de mañana y tarde, y que se libre tanto los fines de semana como los días festivos. En algunos sitios como en Cataluña se incorpora dentro de las retribuciones una ayuda escolar.
Recomendaciones:
- Portales de empleo: utiliza Indeed, Jooble, etc.
- Convenio colectivo: investiga el rango salarial que te corresponde de acuerdo a tu nivel y/o grupo en tu región y saber cuánto puedes negociar.
- Enfócate en tu formación académica, repasa tu currículum, actualiza tus redes sociales, aprende idiomas, lee el convenio y participa en eventos del sector.
Grandes condiciones laborales, buen sueldo y un gran volumen de oportunidades de empleo.
Como te indicábamos al principio de este artículo, aprenderás y desarrollarás diferentes habilidades y capacidades propias del puesto. Concretamente, tienes que conseguir el Grado Superior en Higiene Bucodental, una especialidad que puedes estudiar con ILERNA.
Alrededor del 80% de los higienistas dentales consigue un empleo al finalizar su ciclo superior. El dato no resulta extraño si tenemos en cuenta que en España existen más de 23.000 clínicas odontológicas, y es que es el país europeo más concienciado sobre la relación entre el cuidado bucal y la salud. De ahí también viene la demanda y éxito de la FP de Grado Superior en Higiene Bucodental, como la que encontrarás en CEAC Formación Profesional Oficial.
GRADO UNIVERSITARIO PARA LOS HIGIENISTAS DENTALES
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