¿Qué cubre la Seguridad Social en el dentista en España?

El acceso a la atención dental es una necesidad para todos, y en España, la Seguridad Social ofrece ciertas prestaciones en este ámbito. Sin embargo, es crucial entender el alcance de esta cobertura y qué servicios están incluidos.

Durante 2024, la sanidad pública ha incrementado el ámbito y la cantidad de prestaciones bucodentales, buscando asegurar la asistencia odontológica a la mayor cantidad de españoles posible. El objetivo principal lo constituyen grupos de la población más vulnerables: niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y pacientes oncológicos.

¿Qué tratamientos dentales cubre la Seguridad Social?

La cobertura odontológica proporcionada por la Seguridad Social provee asistencia a los grupos mencionados, siempre que tengan el alta en la Seguridad Social y la tarjeta sanitaria actualizada. No obstante, no todos los tipos de cuidado dental están cubiertos.

Este plan de mejora de la atención dental requiere un elevado presupuesto de 180 millones de euros, de los cuales aproximadamente 70 millones se han repartido entre las autonomías españolas para reforzar el alcance de la asistencia pública y garantizar la cobertura bucodental ampliada en todo el territorio nacional.

Prestaciones básicas que cubren el 100% de las comunidades:

  • Instrucciones sobre dieta y salud dental.
  • Cepillado dental con pasta fluorada.
  • Cariogenicidad de los alimentos.
  • Revisión anual: Estado dental en el odontograma, índices de caries, hábitos inadecuados, alteraciones de la oclusión, necesidad de tratamiento y estado periodontal.
  • Sellado de fisuras o fosas en las piezas permanentes.
  • Obturaciones en piezas dentarias permanentes.
  • Exodoncias de piezas dentarias temporales.

Tratamientos básicos que no los incluyen la totalidad de comunidades autónomas:

  • Aplicación de flúor tópico según necesidad.
  • Tartrectomías: conocida comúnmente como limpieza dental, se hace en 15 CCAA en caso de cálculos y/o pigmentaciones en dentición permanente. No se realiza en La Rioja y Galicia.
  • Tratamientos pulpares en dentición permanente: se realiza en 12 CCAA.

Tratamientos especiales o complejos:

  • Tratamientos especiales de incisivos y caninos permanentes en caso de enfermedad, malformaciones o traumatismos: Solo 12 comunidades lo cubren en caso de traumatismos, 11 en caso de enfermedad y 10 por malformaciones.
  • Tratamientos especiales de otros grupos dentales permanentes: los cubren 6 comunidades por enfermedad, y 5 por malformaciones o traumatismos.

Tratamientos extras según qué CCAA:

  • Ortodoncia: Cantabria es la única Comunidad Autónoma que incluye la ortodoncia entre sus prestaciones desde 1990.
  • Prótesis: Navarra incluye tratamiento de prótesis en dentición permanente. Aragón en los niños con enfermedades sistémicas que afecten gravemente a la salud bucodental.

Dentista de la Seguridad Social para embarazadas:

  • Exploración preventiva de la cavidad oral: cobertura activa en 16 de las 17 comunidades autónomas.
  • Instrucciones y recomendaciones sobre salud dental: activo en todas las comunidades.
  • Aplicaciones de flúor tópico: activo en 13 comunidades.
  • Tartrectomías: también conocida como limpieza dental, se realiza en 10 comunidades autónomas.

Dentista de la Seguridad Social para discapacitados:

  • Tratamientos sedativos si falta autocontrol: En aquellos casos en los que el paciente sufre falta de autocontrol se establece un tratamiento sedativo cubierto en cualquier rango de edad en 16 comunidades y solo para la población infantil en 1 comunidad (Aragón).
  • Discapacidad psíquica: Todas las comunidades autónomas, salvo Baleares, prestan servicios dentales a personas con discapacidad psíquica.
  • Discapacidad física: Las personas con discapacidad física también tienen cobertura por parte del dentista de la Seguridad Social, pero en este caso son solo 9 CCAA (el 53%) las que cuentan con prestaciones específicas para este colectivo (Aragón, Comunidad Valenciana, Andalucía, Cataluña, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Navarra y P. Vasco).
  • Discapacidad sensorial: Para las personas con discapacidad sensorial, el 47% (8) de las CCAA proporcionan prestaciones específicas (Aragón, Comunidad Valenciana, Andalucía, Cataluña, Murcia, Cantabria, Navarra y País Vasco)

Dentista de la Seguridad Social para la población general:

  • Información y educación bucodental
  • Tratamiento de procesos agudos odontológicos
  • Exodoncias (extracciones)
  • Exodoncias quirúrgicas
  • Cirugía menor de la cavidad oral
  • Revisión oral para la detección precoz de lesiones premalignas
  • Biopsia de lesiones mucosas

Dentista de la Seguridad Social para mayores de 65 años:

  • Los mayores de 65 años son un grupo vulnerable, ya que suelen depender únicamente de la pensión. Por ello, el Sistema Nacional de Salud ofrece una prestación a través del dentista de la Seguridad Social en el que se les realiza una limpieza dental y se les aplica sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes.

Tratamientos excluidos del dentista de la Seguridad Social:

  • Reconstrucciones de dientes temporales.
  • Ortodoncias
  • Tratamientos estéticos
  • Extracciones de dientes sanos
  • Implantes (salvo pacientes oncológicos o pacientes con malformaciones congénitas)
  • Pruebas complementarias para fines distintos de las prestaciones financiadas por el SNS

A pesar de esta extensión, un buen número de tratamientos quedan fuera del paraguas público, incluyendo la ortodoncia, el arreglo de dientes temporales y la extracción de piezas dentales sanas. Las intervenciones estéticas no entran, salvo casos concretos como el de los dientes perdidos por enfermedades oncológicas.

En Andalucía, las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema Sanitario Público tienen derecho a recibir asistencia dental básica y determinados tratamientos especiales de forma gratuita a través de la Tarjeta Sanitaria Individual.

Desde el año 2002, se ha completado la garantía de la asistencia dental a los niños y niñas de entre 6 y 15 años de edad residentes en Andalucía.

¿Qué cubre en realidad?

El niño o niña tiene derecho a una revisión anual que incluye instrucciones sobre higiene bucodental, dietas, exploración de la cavidad oral y reconocimiento de la dentición permanente. En caso de duda, se realizará una exploración radiológica intraoral, previo consentimiento de los padres o tutores.

El dentista de cabecera realizará un seguimiento singularizado de aquellos niños con una especial predisposición a la caries, enfermedad periodontal o maloclusiones. Asimismo, se podrá realizar:

  • El sellado de fisuras o fosas en las piezas permanentes sanas.
  • La obturación en las piezas permanentes (empastes).
  • El tratamiento más adecuado de las lesiones pulpares.
  • La extracción de piezas dentarias temporales (dientes de leche).
  • La extracción de alguna pieza dentaria permanente, siempre que bajo criterio de su dentista de cabecera no tenga otro tratamiento más conservador.
  • La tartrectomía (limpieza), cuando se detecte cálculo y/o pigmentaciones extrínsecas en dentición permanente.

También cubrirá, con ciertos requisitos formales, ciertos tratamientos especiales por traumatismos o malformaciones de los dientes incisivos caninos.

¿Qué asistencia no cubre?

No cubre aquellos tratamientos necesarios por causa de traumatismos cuando haya un responsable que deba hacerse cargo del costo de ese tratamiento, los tratamientos de ortodoncia y los reparadores en la dentición temporal (dientes de leche).

¿Cuándo y dónde solicitar la asistencia?

Los niños y niñas que cumplan 6 años y tengan reconocido el derecho a la prestación acudirán al dentista de cabecera elegido, que les prestará la asistencia requerida presentando la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI).

¿A qué dentista puedo acudir?

Podrá elegir libremente a su dentista de cabecera de la relación de dentistas disponibles cada año.

Diferencias entre la Seguridad Social y los seguros privados

La principal diferencia radica en el acceso y la cobertura. La Seguridad Social ofrece servicios dentales gratuitos, pero con listas de espera y cobertura limitada. Los seguros privados ofrecen una gama más amplia de servicios y mayor flexibilidad, aunque implican el pago de una prima.

La calidad y el servicio también varían. La Seguridad Social puede tener tiempos de espera más largos y una atención menos personalizada, mientras que los seguros privados suelen ofrecer un servicio más centrado en el paciente.

Tabla comparativa de coberturas

Servicio Seguridad Social Seguro Dental Privado
Revisiones Limitado a ciertos grupos Amplia cobertura
Limpiezas Limitado a ciertos grupos Generalmente cubierto
Empastes En niños y algunos adultos Generalmente cubierto
Extracciones Generalmente cubierto Generalmente cubierto
Ortodoncia Raramente cubierto Puede estar cubierto según el plan
Implantes Solo en casos específicos Puede estar cubierto según el plan

¿Cómo pedir cita con el dentista de la Seguridad Social?

Solicitar cita con el dentista de la seguridad social es sencillo, aunque dependiendo de la comunidad autónoma en la que se reside, la forma de hacerlo cambia. Ten en cuenta que para ser atendido por un dentista de la seguridad social antes deberás pedir hora. A este trámite previo, deberás sumar la lista de espera que tenga el especialista.

Consideraciones adicionales:

  • Urgencia: Si el problema bucodental requiere de una atención inmediata, la Seguridad Social puede no ser la opción más rápida.
  • Cobertura: El dentista de la seguridad social ofrece una cobertura básica y limitada.
  • Precio: La asistencia médica a través de la seguridad social suele ser gratuita, pero puede no cubrir todas las actuaciones necesarias.

En conclusión, la Seguridad Social ofrece una cobertura dental básica, especialmente para niños y grupos vulnerables. Sin embargo, para acceder a tratamientos más completos y personalizados, muchos optan por seguros dentales privados.

Ayudas dentales de la Seguridad Social

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